Contra la precariedad en la vivienda

Aprobada la ley nacional de expropiación de tierras, se espera que en un futuro mediato se pueda dar la titularidad de los terrenos.

Contra la precariedad en la vivienda
Contra la precariedad en la vivienda

Los orígenes de las villas precarias más antiguas de la provincia se remontan a las primeras décadas del siglo XX, localizándose en la periferia del Gran Mendoza. Con el transcurrir del tiempo por diversos factores fueron aumentando (migración del campo a la ciudad, de países limítrofes, crecimiento vegetativo y falta de políticas de vivienda).

Según el Registro Nacional de Barrios Populares, Mendoza se ubica en el quinto lugar entre las provincias que más asentamientos tienen: 217.

Este tema de las villas y asentamientos y su extrema precariedad para quienes las ocupan, especialmente por los niños que las habitan, no se solucionará rápidamente, pero un paso positivo lo constituye la reciente aprobación en el Congreso de una ley que permitirá darles el título de propiedad de la parcela que ocupan a moradores de más de 4.000 asentamientos en todo el país. La reciente norma suspende los eventuales desalojos que puedan estar en curso mientras se desarrolla el proceso de regularización dominial.

La nueva norma declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles donde están asentados los barrios populares, con participación obligatoria de las provincias y municipios involucrados. Sólo serán alcanzados los barrios ya relevados e identificados en el Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana) y cuya propiedad no sea del Estado nacional.

La organización Techo define al asentamiento como "un mínimo de 8 familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de población no cuente con título de propiedad del suelo ni con acceso regular al menos a 2 de los servicios básicos: red de agua corriente y red de energía eléctrica con medidor domiciliario o red cloacal".

La diputada nacional (UCR) Claudia Najul señala un dato alarmante. "Casi 40% de los vecinos que habitan en barrios populares -dice la legisladora- tiene menos de 20 años.

¿No creen que es también una problemática educativa, de construcción de ciudadanía? ¿Acaso no miramos la realidad con un solo ojo cuando debatimos sobre los niños y jóvenes que tienen dificultades para interpretar un texto o resolver una operación matemática? ¿Qué pretendemos si estos niños no tienen una vivienda digna, les falta agua o luz? ¿Cómo se siente un joven que busca trabajo pero en la entrevista no puede ni dar los datos de su domicilio, porque para el Estado no existe?"

Ahora debe atenderse a la parte más importante y ardua: materializar la idea, concretar la ley, mejorar la calidad de vida de quienes más necesitan. Sería interesante también la participación de los vecinos de los barrios a urbanizar, a través de sus uniones vecinales o cooperativas  constituidas, trabajando al unísono con los actores gubernamentales en el desarrollo de los proyectos habitacionales.

La puesta en marcha de más de 200 proyectos de urbanización de barrios populares recibirá el beneplácito de la sociedad en general y puede ser un factor de impulso de la actividad económica provincial. Aprobada la ley de expropiación de tierras habrá que ver cómo se aplica en cada provincia procurando que haya acciones lo más rápido posible.

Asimismo, se debería esperar un pronto anuncio del Gobierno provincial sobre la aplicación de la ley sancionada, con acciones que involucrarían la participación de los integrantes del sistema provincial de vivienda: IPV, municipios, entidades intermedias (cooperativas, mutuales, vecinales, ONG's, y unidades académicas).

El proceso de urbanización debe comenzar por determinar cuáles serán los terrenos a expropiar ya que en algunos casos se trata de propiedades fiscales a transferir a los ocupantes mediante convenios de cesión sin cargo. En otros casos los terrenos ocupados no serían aptos para la radicación definitiva de las familias en los mismos, debiéndose encontrar otros emplazamientos adecuados.

Para la instrumentación de las acciones derivadas de la ley resultaría aconsejable la creación de un consejo provincial responsable de la planificación de los proyectos de urbanización de las 217 villas y asentamientos relevados.

Estos proyectos, además del acceso del lote para cada familia y la instalación de los servicios básicos, deberán contemplar la construcción progresiva de casas definitivas de costos muy menores a los que el Estado abona por la adjudicación llave en mano de un reducido número de viviendas que solo cubren una pequeña fracción del déficit habitacional.

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