Condenaron a una empresa por un trabajo mal hecho

La instalación de una línea telefónica y acceso a internet provocó al poco tiempo de realizarse la inundación de la vivienda.

Condenaron a una empresa por un trabajo mal hecho
Condenaron a una empresa por un trabajo mal hecho

La simple instalación de una línea telefónica y acceso a internet contratada por una vecina de Godoy Cruz, en el último mes de hace 4 años y una torrencial lluvia ocurrida a los pocos meses, terminó con un departamento inundado que prácticamente destruyó el piso flotante del living.

Y llevó a la víctima después de innumerables reclamos a entablar una demanda judicial, que tuvo el patrocinio del abogado Manuel Linares y que, ahora, la jueza Valeria Elena Antún, resolvió en favor de la denunciante, condenando a la empresa al pago de más de 180 mil pesos, en un plazo de 10 días de quedar firme la sentencia; tiempo en que la empresa apeló el fallo.

El expediente

El profesional en el inicio del expediente relata que el 12 de diciembre de 2014 personal de Telefónica de Argentina concurrió a la vivienda de su mandante ubicada, en calle Liniers de Godoy Cruz, con la finalidad de instalar el servicio de telefonía e internet en el living comedor de la vivienda.

A renglón seguido manifiesta que el técnico perforó la pared realizando dos agujeros para efectuar la bajada e ingreso de la línea a la casa.

Y más adelante dice que su mandante advirtió del peligro de que ingresara agua por esos orificios, habiéndole comunicado que existía una boca especialmente diseñada por el arquitecto para el ingreso de cables. Agrega que el técnico, haciendo caso omiso a sus advertencias, igualmente efectuó la perforación, afirmando que no existía peligro alguno en razón de que el agujero había sido realizado por encima del receptáculo de la fuente que se halla del otro de la pared contigua al ingreso de línea telefónica.

Una lluvia

La continuidad fue cuando el 4 de febrero de 2015, a causa de una intensa lluvia estival, se inundó el living comedor de la casa al ingresar el agua por las perforaciones realizadas. Y concluye: "El agua dañó los pisos flotantes del living comedor de la vivienda, produciendo el levantamiento, dilatación y separación de las juntas de los mismos."

Considerandos

Con esos argumentos, la titular del Tribunal de Gestión Asociada de Paz Primero, considera inicialmente que "tal como ha quedado trabada la litis no resulta controvertido que la actora contrató el servicio de telefonía fija e internet con la hoy accionada; tampoco se discute que se realizaron trabajos a efectos de su instalación en la vivienda...", tras lo cual se apoya en varias citas que hablan de la "defensa del consumidor", entre otras de Lorenzetti-Shotz, sumando al análisis aportados por testigos y profesionales para llegar a reconocer el daño moral (fijando un monto de 30 mil pesos) y punitivo (fijado en 60 mil pesos), lo que se traduce como una multa a la empresa en favor de la víctima.

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