La Cámara Civil condenó a River Plate a indemnizar con unos 200 mil pesos más intereses de 12 años a la familia de un espectador que sufrió un ataque cardíaco en una tribuna durante un partido y murió al no recibir una atención médica rápida.
"La obligación impuesta a los organizadores del espectáculo deportivo no sería estrictamente la de haberlo mantenido sano y salvo al espectador mientras durara el evento deportivo, sino la de contar y, en su caso, poner en funcionamiento los medios necesarios frente al cuadro médico que se les presentaba", sostiene el fallo.
La Sala M de la Cámara, con las firmas de los jueces Elisa Díaz de Vivar, Mabel De los Santos y Fernando Posse Saguier, condenó a River y también a la AFA por "la tardía o nula atención" del espectador.
"Se impidió que el paciente tuviese alguna probabilidad de sobrevida y que fuera asistida conforme la situación lo exigía", añade la resolución.
Los hechos ocurrieron el 13 de abril de 2003, durante un partido en el Estadio Monumental entre River Plate e Independiente, al que la víctima había concurrido con su hijo, menor de edad.
"Promediando el segundo tiempo de juego, comenzó a sentir los síntomas de un problema cardíaco. Fue asistido en forma precaria por los espectadores, quienes se limitaron a descenderlo de la tribuna hasta depositarlo sobre una de las puertas de ingreso y egreso del estadio, ubicada sobre la avenida Figueroa Alcorta", describe el fallo.
Pero "una vez depositado sobre la vereda, el auxilio médico no se hizo presente hasta pasados unos 40 a 60 minutos", cuando según expertos que revisaron el caso "era una emergencia médica (código rojo), o sea que era una situación en que peligraba su vida y que requería atención médica inmediata o a la mayor brevedad posible".
"En general los códigos rojos tienen un tiempo de llegada entre 5 y 15 minutos", subraya el fallo.