Con los mercados cerrados, autorizan al Estado a tomar más deuda a corto plazo

Lo hicieron a través de la resolución 766 publicada ayer en el Boletín Oficial. Posibilita al Estado a colocar deuda de corto plazo.

Con los mercados cerrados, autorizan al Estado a tomar más deuda a corto plazo
Con los mercados cerrados, autorizan al Estado a tomar más deuda a corto plazo

El Gobierno busca seguir financiándose y, con el mercado de deuda virtualmente cerrado, publicó una resolución en el Boletín Oficial mediante la cual incrementó en más de 300% la posibilidad de colocar deuda intra sector público con títulos a 90 días.

Mediante la Resolución 766 del Ministerio de Hacienda se modificó el esquema inicial de autorización a endeudarse e incrementó sustancialmente el monto autorizado para emitir al plazo mínimo de amortización de 90 días.

Básicamente, lo que hizo Hacienda es recortar los montos autorizados para emitir a largo plazo -360 días hasta 4 años- y llevarlo al corto.

"Es una modificación que hizo Hacienda para cambiar los plazos de amortización. Es decir, en el Presupuesto hay habilitaciones al Ministerio a tomar determinadas deudas en determinadas condiciones. Por ejemplo, emitir bonos con período no inferior a 4 años de amortización", explicó a El Cronista una fuente oficial.

Pero lo que sucedió es que como los mercados no están muy abiertos a tomar deuda local el Ejecutivo decidió un cambio de estrategia para fondearse intra-sector público. "Como no puede tomar esa deuda hoy porque nadie se la estaría tomando, lo que se hizo es habilitar a que cambie eso con un plazo de amortización a 90 días.

Es decir, convierte deuda que iba a tomar de largo plazo a otra en corto plazo porque no hay nadie que le esté tomando la de largo. No aumentó la cantidad de deuda que va a tomar, lo que le cambió es el perfil de vencimiento poniéndolo a corto plazo", explicó una fuente oficial.

En sí, adecuó la posibilidad de endeudarse dentro del sector público al decreto de necesidad y urgencia (DNU) del 27 de septiembre. Mediante esta norma obliga a que todo excedente de liquidez de fondos, organismos y entidades oficiales sea traducido a una letra del Tesoro, con un vencimiento máximo de 180 días, por lo que ayuda a asegurar el programa financiero de 2020. Así, sin los u$s 5400 millones del sexto desembolso del Fondo Monetario Internacional que están contabilizados en el programa financiero de 2019, el Gobierno agudizó su estrategia para buscar financiamiento a través del sector público.

Según la planilla 40 del Presupuesto 2019 la Administración Central podía emitir por $ 2,38 billones dividido en 7 plazos que van desde 90 a 4 años. Cada uno de los siete plazos tenía presupuestado montos autorizados por $ 340.000 millones o su equivalente en otras monedas. Con el cambio de la resolución de ayer, el plazo a 90 días pasa de esta cifra inicial a $ 1,36 billones, un 301% más que lo presupuestado inicialmente.

"Esto lo hacemos por el contexto electoral y porque en el mercado nadie está tomando deuda de largo plazo. Es hasta que pase la incertidumbre política", agregaron a El Cronista desde el Gobierno nacional.

Desde la Asap (Asociación de Presupuesto) sostuvieron que es una práctica habitual que se da sobre fin de año, que este año se refuerza ante la necesidad de adecuar la posibilidad de colocar deuda al sector público.

La resolución de ayer menciona el artículo 1 del DNU del 27 de septiembre. Este dispuso que "hasta el 30 de abril de 2020" las Jurisdicciones y Entidades del Estado nacional así como la totalidad de las empresas, entes y fondos fiduciarios y los fondos y/o patrimonios de afectación específica administrados por cualquiera de los organismos contemplados precedentemente, podrán invertir sus excedentes transitorios de liquidez, mediante la suscripción de Letras precancelables emitidas a un plazo que no exceda los 180 días por el Tesoro Nacional".

María Iglesia

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