Los fiscales de Mendoza y quienes trabajan con ellos recibirán una capacitación obligatoria para abordar las investigaciones de muertes violentas de mujeres con perspectiva de género. Esto implica considerar desde el comienzo y como primera hipótesis que se trata de un femicidio. En ese marco recabar las pruebas necesarias para demostrarlo, algo que de ser considerado un homicidio puede hacer que se pierdan.
Este mes habrá tres capacitaciones que apuntan a transferir los parámetros que establece el Protocolo de Investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género, lo cual se identifica como femicidio.
Este documento ha sido redactado en Mendoza y está vigente desde el 14 de febrero. Desde entonces, se transformó en la segunda jurisdicción en contar con esta herramienta, después de La Pampa. El segundo aspecto que contempla es que deben garantizarse los derechos de la víctima y sus familiares.
Necesidad
La ley nacional 26.791 de 2012 estableció la reclusión o prisión perpetua en casos de femicidio. Pero en el proceso, las concepciones de quienes intervienen terminan atravesando el desarrollo y es por eso que se considera necesario establecer estas pautas con perspectiva de género, en tanto no siempre son contempladas.
Para Rosana Dottori, responsable de la Dirección de Enlace Institucional del Ministerio Público Fiscal, no siempre es fácil garantizar esta perspectiva. "Los estándares internacionales lo exigen y esa es la debida diligencia (...) este protocolo determina un piso mínimo y cuáles son las herramientas de la Justicia", señaló, y es por eso que la aplicación es obligatoria.
Y apuntó: "Desde 2012 se incorpora una figura que dejó clara cuál era la intención y a pesar de esto creemos que hace falta esta herramienta".
Explicó que la ley sería suficiente si todos los que intervienen en el proceso judicial estuviesen formados desde esa perspectiva pero que sin embargo, y como no pasa en ningún otro ámbito, es necesario que haya regulaciones para que se propenda a ello.
"Tenemos que tener una 'ley Micaela' para que diga que tenemos que capacitarnos, imaginate cuánto es de insuficiente la ley", advirtió.
El 18 de octubre será la primera capacitación, destinada a funcionarios y magistrados del Ministerio Público Fiscal y también a quienes pertenecen a otros sectores de la Justicia. Está organizada por la dirección mencionada, tal cual lo establece la resolución 36/2019 que puso en vigencia el protocolo.
Consecuencias
Graciela Bianchi, de Madres de Pie Mendoza –un grupo conformado por quienes perdieron a sus hijas asesinadas en un femicidio– destacó que antes no se consideraba esto y por eso se perdían muchas pruebas.
Su hija, Florencia Peralta, fue asesinada en 2016 y hubo muchas cosas que no se tuvieron en cuenta, como en otros casos. "Siempre llegamos tarde con la aplicación de las leyes y protocolos", dijo.
Hizo referencia al caso de Julieta González, el autor de cuya muerte fue recientemente sentenciado a 18 años de cárcel por homicidio simple. Esto generó una fuerte reacción de quienes defendían que se trató de un femicidio y el cuestionamiento del juez interviniente, Mauricio Juan.
“En el caso de Julieta había indicios de que era femicidio, sin embargo la recopilación de las pruebas y lo que se sumó a la causa para los jueces no fue suficiente”, señaló.
Agregó que en el mismo sentido se violaron los derechos de la víctima, algo que impide el protocolo. "Se dijeron cosas tremendas de la chica cuando ella ya no tiene voz para defenderse", mencionó, a lo que hay que sumar esa insistente tendencia a cuestionar a la víctima como atenuante en vez de enfocarse en el victimario.
Tener voz
Según Julia Morcos, del colectivo Ni Una Menos Mendoza, también influye en el escenario la que considera una "escasa participación" de las mujeres en espacios de decisión de la Justicia.
Dijo que en su agrupación están de acuerdo con la protocolización y la capacitación, pero que consideran esencial avanzar en este otro sentido.
"En los cargos más altos hay escasa participación de las mujeres, y eso hace que persista una mirada patriarcal masculinizada, una opinión que siguen instalando en lo social y cultural", opinó.
Destacó que el movimiento de mujeres consigue avances en muchas leyes con demandas de mucho tiempo, pero si eso no es acompañado de políticas públicas que impacten en la vida social terminan siendo “letra muerta”.
"Creemos que hay falta de voluntad de la Justicia de apropiarse de esas leyes y eso es una contraposición porque siguen juzgando de acuerdo sus preceptos personales", consideró.
La integrante de Ni Una Menos Mendoza también hizo referencia a la ley 20.485, de protección integral a las mujeres, que está vigente desde 2009 y la consideró "una ley muy clara". Pero resaltó que pese a esto hacen falta protocolos, por lo que tampoco habría garantías de que estos se cumplan.
Femicidio y feminicidio, el protocolo mendocino define estas dos figuras:
Femicidio: todas las formas de asesinato sexista, es decir, aquellos realizados por varones motivados por creer tener derecho a ello o superioridad sobre las mujeres, por placer o deseos sádicos hacia ellas, o por la suposición de propiedad sobre las mujeres.
El femicidio refunda y perpetúa los patrones que culturalmente han sido asignados a las mujeres: subordinación, debilidad, sentimientos, delicadeza, feminidad, etc. Los actos femicidas claramente, reproducen los estereotipos de la masculinidad asociada a la fortaleza física y al poder para controlar las vidas y los cuerpos de las mujeres.
Feminicidio: acto de matar a una mujer sólo por el hecho de su pertenencia al sexo femenino al que se le suma significado político al considerar la falta de respuesta del Estado. Es el incumplimiento de sus obligaciones internacionales de garantía, incluso el deber de investigar y de sancionar.
Objetivos del protocolo
El Protocolo de Investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género redactado en Mendoza es una adaptación del Modelo de Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio), elaborado por la ONU.
El texto define a la perspectiva de género como una categoría de análisis que permite comprender cómo la diferencia en los roles, funciones y atributos asignados, en una sociedad determinada, a los varones y a las mujeres influye sobre los comportamientos sociales e institucionales. Aplicado a los casos de femicidios, permite encuadrar el acto femicida no como una conducta aislada sino en un contexto de discriminación y dominación de género. Incluirlo en la investigación lleva a excluir visiones estereotipadas o prejuiciosas sobre las víctimas o personas acusadas y evitar la pérdida o degradación del material probatorio.
Tiene cuatro objetivos centrales:
1- Establecer pautas para incorporar la perspectiva de género desde el momento inicial en la investigación de muertes violentas de mujeres y durante todo el proceso penal.
2- Colaborar con la identificación de signos e indicios de violencia de género asociados a los contextos de género en las distintas etapas de la investigación.
3- Respetar y garantizar los derechos de las víctimas y de las víctimas sobrevivientes e indirectas durante todo el proceso penal.
4- Facilitar y promover la actuación conjunta y coordinada de quienes participen en el proceso de investigación.