La jueza federal Martina Forns rechazó un nuevo estudio por el ruido de aviones en el Aeropuerto de El Palomar presentado por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que dice que hay inexistencia de contaminación acústica, y ratificó las restricciones a las operaciones en la estación aérea en el horario de 22 a 7, medida que comenzó hoy.
Desde la aerolínea Flybondi, la cual opera desde ese aeropuerto junto a JetSmart, enviaron un comunicado detallando los números del primer día de restricción.
"De las 5 a las 7 no despegaron 5 aviones", aseguraron. Además, agregaron que 100 empleados no pudieron trabajar en esa franja horaria y que la prohibición afectó a más de 1.000 pasajeros.
De este modo, Mendoza pierde conexiones sin escalas y a bajo costo, con Neuquén, Tucumán e Iguazú.
La magistrada rechazó esta nueva presentación con el argumento de que no intervino en el estudio "el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA)" y que el plazo de medición presentado "es corto", por lo que la medida sigue vigente pese a que fue apelada por la ANAC y las coompañías aéreas Flybondi y Jetsmart.
El informe de la ANAC destaca que el 73% de las mediciones nocturnas no superan los límites aptos para “el buen descanso” de los vecinos, y el 27% restante corresponde a actividades ajenas al aeropuerto.
Señala además que de acuerdo al requerimiento de medir por separado el ruido aeroportuario de noche y de día, se realizaron mediciones de sonido, utilizando el parámetro más recomendado por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), en el rango horario de 22 a 7 horas, tomando como referencia el límite de 55 decibeles.
Y allí se determinó que de los 26 primeros registros muestra que sólo 7 superan levemente el límite de 55 decibeles debido a razones ajenas a la actividad del aeropuerto.
Sin embargo la jueza rechazó el estudio y entre sus argumentos citó que en el mismo "no intervino el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA)"; que "el plazo de medición de 9 días es corto"; y que dichas mediciones "no se relacionan con las mediciones de los vuelos".
Además argumentó que "la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda reducir a 40 decibeles y el parámetro de 55 decibeles no está bien argumentado" y finalmente solicitó la intervención del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
Fuentes del Ministerio de Transporte señalaron que el ORSNA no tiene facultad de intervención en las mediciones, porque esa es competencia de la ANAC; que el plazo de medición es el triple de días que presentó el abogado Marisi en su pedido de amparo y que los nueve días fueron precisamente respondiendo al pedido de la jueza.