Chiche Gelblung, condenado por difamar a Palito Ortega

El periodista deberá pagar 150 mil pesos al cantante y a su esposa por haber difundido en el programa “Memoria”, en junio 2002, imágenes sobre un supuesto estado de depresión y alcoholismo de la actriz.

Chiche Gelblung, condenado por difamar a Palito Ortega

La Corte Suprema dejó firme el fallo que condenó al periodista Samuel “Chiche” Gelblung y al Canal 9 porteño a pagarle 150.000 pesos al cantante Ramón “Palito” Ortega y a su esposa Evangelina Salazar por difundir supuestos estados de depresión y alcoholismo de la actriz, informaron fuentes tribunalicias.

El máximo tribunal, con la firma de su presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por el abogado del periodista y de la empresa Telearte contra la sentencia de la Cámara Nacional en lo Civil.

El hecho que originó la demanda se registró en junio de 2002, durante una emisión del ciclo “Memoria”, que Gelblung conducía por Canal 9 (entonces Azul TV), en el cual se presentó un informe que incluyó un video donde una actriz representaba a Salazar.

En esa representación la mujer de “Palito” aparecía como una  alcohólica y depresiva, arrepentida de haber abandonado su carrera de actriz para dedicarse a la familia.

En otra emisión, Gelblung reprodujo información difundida por el programa "Punto.Doc", que sostenía que la pareja estaba implicada en irregularidades con el manejo de fondos estatales por parte de la fundación Esperanza, dirigida por Salazar cuando Ortega era gobernador de Tucumán.

El matrimonio consideró que los informes eran “injuriantes y difamatorios”, promovió demanda civil y en abril de 2009 el juez de ese fuero Eduardo Gottardi condenó a pagar 70 mil pesos de indemnización por daños y perjuicios.

La sentencia de primera instancia fue apelada por todas las partes y, en 2010, la Sala L de la Cámara Civil confirmó la condena pero aumentó a 150.000 pesos el monto de la indemnización.

“Una cosa es periodismo, otra es negocio de entretenimiento, sostenido a veces a costa de afectar el honor o la intimidad de otro”, consignó la Sala L de la Cámara en una resolución luego apelada por la parte demandada.

El procurador fiscal Marcelo Sachetta opinó que la sentencia de la Cámara Civil afectaba el derecho de propiedad y pidió que se revocara, pero la Corte declaró “inadmisible” al recurso de la parte demandada y dejó firme las indemnizaciones de 60.000 y 90.000 pesos más intereses para Ortega y Salazar, respectivamente.

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