La Corte provincial revisará el fallo que pesa sobre Julieta Silva (30), la mujer sanrafaelina que fue condenada por la muerte del rugbier sureño Genaro Fortunato (25) al haberlo atropellado con su auto.
Será el próximo martes cuando la Sala Penal II, presidida por José Valerio y conformada por Mario Adaro y Omar Palermo, inicie una audiencia oral para tratar las casaciones presentadas por Fernando Guzzo, jefe de los fiscales de Homicidios y por Alejandro Cazabán, defensor de la comerciante y madre de dos hijos, quien no está citada al debate.
En septiembre de 2018, Julieta fue condenada por el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de San Rafael a tres años y nueve meses de prisión y a ocho años de inhabilitación para conducir por el delito de homicidio culposo agravado. Hoy cumple esa condena en su casa.
Este fallo de primera instancia fue casado por Guzzo, quien pidió que la Corte revisara el fallo porque, para él, se trataría de un homicidio con dolo eventual, cuya pena es de 8 a 25 años de cárcel. Para el acusador, la mujer atropelló a su novio con la intención de matarlo.
En cambio, el abogado Cazabán fue con otra queja: solicitó la absolución de su clienta o bien que se baje la pena establecida por los jueces Rodolfo Luque, María Eugenia Laigle y Julio Bittar. Además, solicitó que el asunto se trate en una audiencia oral.
Así la cosas, el martes próximo los integrantes de la sala penal han convocado a ambas partes a esta audiencia oral que será similar a un debate oral y público pero sin testigos donde, además de analizar los distintos pedidos de casación, se podrá escuchar los argumentos de todos.
Fatídica y polémica noche
El 9 de septiembre de 2017, en la puerta de "Mona Bar" de San Rafael, Silva atropelló a Fortunato. Las primeras versiones del hecho indicaban que la mujer lo había arrollado y luego había hecho una "U" para embestirlo nuevamente. Obviamente, el caso explotó en los medios de todo el país.
Días más tarde la fiscal Andrea Rossi detuvo e imputó a Julieta por una figura penal gravísima que luego se caería: "homicidio doblemente calificado por el vínculo de pareja y su comisión por alevosía y en concurso ideal".
Luego la Justicia determinó que fue un homicidio culposo, que no eran pareja sino que sólo mantenían un romance y que no hubo alevosía.
Desde el minuto cero, el caso fue polémico. Pero para los jueces que la condenaron -según consta en los fundamentos de la sentencia- esto es lo que pasó la fatídica noche: Julieta y Genaro ("que estaban viviendo un romance") salieron de Mona Bar "alcoholizados". Ella con 0,98 gramos de alcohol por litro de sangre; él con 1.80 gramos.
Abrazados, se dirigieron al Fiat Idea que ella había estacionado cerca del boliche. Al llegar al vehículo discutieron brevemente por una situación vivida dentro del local.
Ella decidió irse sola. "Alcoholizada, sin colocarse los anteojos para corregir su astigmatismo y pese a tener los vidrios empañados", empezó a manejar.
Con Genaro junto a la ventanilla tocándole el vidrio, ella se fue hacia el Sur, mientras el joven corría a su lado durante unos 5 metros, hasta caer al piso desplomado.
Su cuerpo quedó acostado sobre el carril Oeste de la calzada, boca abajo, posición en la que quedó "probablemente a causa del golpe sufrido y el grave estado de alcoholización".
Sin lentes, alcoholizada, con la visibilidad reducida por la nocturnidad y el alumbrado público defectuoso, con llovizna y niebla, con la calzada mojada, con los vidrios polarizados y empañados, Julieta se volvió a buscar a Genaro “por algún motivo” que no se pudo aclarar.
“Sin prestar atención suficiente, mirando hacia otro lado, buscando a Genaro en el lado izquierdo”, su conducta le impidió ver el cuerpo del joven que yacía aún en el piso.
"Sin activar el freno ni realizar acción evasiva alguna, lo alcanzó a un velocidad de entre 27,5 y 30 kilómetros por hora, arrollándolo y dejando su cuerpo alrededor de 3,30 metros, causando su muerte de manera inmediata por aplastamiento de cráneo", según el fallo de primera instancia.
Condimentos extrajurídicos
A la polémica que siempre despertó el caso, en los pasillos de Tribunales hoy le suman otros condimentos "extrajurídicos".
1- Aspecto social: el fallo no fue bien recibido por una parte de la sociedad sanrafaelina. Prueba de ello es que, a un año de la muerte del rugbier, 200 personas salieron a las calles repudiando la condena.
2- Posiciones políticas: El defensor Alejandro Cazabán fue secretario general de la Gobernación durante la gestión del justicialista de Celso Jaque. Incluso se presentó en las últimas PASO. El abogado de la familia Fortunato fue Tíndaro Fernández, quien según el diario Perfil, es socio del radical Ernesto Sanz. Por ello algunos especulan con posibles lobbies sobre los jueces Valerio (propuesto por el actual Gobierno) y Adaro y Palermo (designados por gobiernos justicialistas).
3- Discusión "de género": Últimamente, la Corte viene observando "en detalle" los fallos donde aparecen mujeres. Si bien el caso no tiene que ver con la violencia de género, se han deslizado en algunos momentos cruces por supuestas proscripciones machistas