Casación Penal anula un fallo en favor del ex juez Pereyra González

Casación Penal anula un fallo en favor del ex juez Pereyra González

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, por el voto conjunto de los jueces Pedro R. David y Alejandro W. Slokar, en razón del recurso interpuesto por el fiscal general Dante Vega, anuló la resolución de la Cámara Federal de Mendoza que había modificado la calificación legal del hecho que se le atribuyó a Carlos Martín Pereyra González y había revocado su prisión preventiva.

Los integrantes de la Sala II, también dispusieron “el apartamiento de los jueces”, ordenando remitir estas actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, a “fin de que se tome razón de lo resuelto y disponga lo necesario para que se designen otros magistrados que deberán dictar un nuevo pronunciamiento y ordenar las medidas asegurativas que correspondan”.

La historia

El ex camarista federal de Mendoza, Carlos Pereyra González fue detenido en San Luis, después de estar prófugo un tiempo, tras el pedido de captura al ser acusado como partícipe de casos de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar.

Según lo denunciado durante el primer juicio de este tipo hecho en Cuyo, más concretamente en la ciudad de San Luis, testigos aseguraron que el ex magistrado había sido testigo de casos de tortura que terminaron con la muerte de dos militantes y en esa oportunidad, no hizo nada como secretario del juzgado federal, para evitar que los apremios continuaran y que terminaron en homicidios.

Pereyra González era secretario del juzgado que estaba a cargo de Eduardo Allende, mientras que el fiscal de la época era Hipólito Saá. Hoy los tres están acusados e imputados por aquellos hechos.

Un fallo arbitrario

El máximo tribunal penal sostuvo que “resulta arbitraria la resolución de la Cámara Federal mendocina” (integrada en ese momento por Walter Bento, Alejandro Piña y Hugo Echegaray), al enmarcar la responsabilidad del ex magistrado en la figura de incumplimiento de funcionario público.

Esta situación, que derivó en la libertad del imputado “en claro detrimento al compromiso asumido por el Estado Argentino de garantizar el juzgamiento de todos los hechos de esas características, de acuerdo al Derecho internacional vinculante para nuestro país”, reza la resolución.

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