La Cámara Nacional de Casación Penal ratificó la condena a prisión perpetua para el portero Jorge Mangeri por el crimen de la adolescente Ángeles Rawson, cometido en 2013, se informó en Tribunales.
El fallo fue firmado por los jueces Eugenio Sarrabayrouse, Daniel Morín y Luis Miño, quienes ratificaron la sentencia en una resolución de casi 80 páginas.
La máxima instancia penal de la Capital Federal ratificó que Mangeri cometió los delitos de "femicidio, abuso sexual y homicidio agravado por su comisión criminis causae" y avaló en todos sus términos la investigación que llevaron adelante en primera instancia la fiscal Paula Azzaro y el juez Javier Ríos, y en 2015 el tribunal oral que condenó al portero.
Para ello, entendieron que "el razonamiento realizado por los jueces de la instancia anterior para considerar configurado el delito de femicidio/feminicidio en el caso cuenta con sólido respaldo normativo y lógico".
"No se aprecia que haya existido una errónea interpretación de la ley o arbitrariedad", añadieron, al refutar las objeciones que impuso el abogado de Mangeri, Adrián Tenca.
"No se aprecia que haya existido una errónea interpretación de la ley o arbitrariedad", reza el fallo
"Ni el hecho de que se haya tratado de un suceso puntual y aislado, ni la ausencia de un cuadro de violencia o sometimiento previo en el trato entre el agresor y la víctima, descartan su calificación como un acto de violencia de género en los términos explicados", sostiene el fallo.
Los jueces añadieron que "está claro que Mangeri es un hombre y que su víctima era una mujer, con la cual mediaba una considerable diferencia de edad y una evidente relación desigual de poder físico (dada la vulnerabilidad de ella, consecuencia de estos dos factores)".
"Además, ante la falta de sometimiento de Ángeles Rawson a los deseos de Mangeri, éste le provocó la muerte", describió el tribunal.
Los camaristas no mostraron dudas sobre la forma en que se concretó la agresión de que fue víctima Ángeles: "La situación concreta de un adulto semidesnudo en contacto físico con una niña a la que se pretendía despojar de sus ropas y abrirle las piernas por la fuerza no admitía otra conclusión que la del abuso sexual".
El tribunal también rechazó los cuestionamientos sobre una supuesta autoincriminación de Mangeri al declarar en primera instancia ante la fiscal y la revisión de su cuerpo, donde fueron halladas marcas presuntamente causadas por la víctima en su intento de defenderse.
El fallo consolida que Mangeri fue el autor de la muerte de Ángeles, pero tiene por delante aún una instancia de apelación, la Corte Suprema de Justicia.
No obstante, allí no se discutirán nuevamente los hechos sino que se analizarán cuestiones "de derecho", es decir si se respetaron las garantías constitucionales para Mangeri, entre ellas el "debido proceso" y la "defensa en juicio".