Este viernes se publicó en el Boletín Oficial de la Nación el detalle de las actividades que serán alcanzadas por el decreto 128/2019 que tiene como "objeto prioritario establecer las bases para el crecimiento sostenido, la competitividad y el aumento del empleo" a partir de "una disminución de la presión sobre la nómina salarial".
Así, quedan exentos del pago de Cargas Patronales, los empleadores del sector agroindustrial que paguen salarios inferiores a $17.500 (actualizables por inflación), y para salarios superiores pagarán por la diferencia.
Las actividades alcanzadas por la normativa:
De esta manera, no se incluye al sector metalúrgico, minero, petrolero, comercial, de servicios y turismo de la provincia.