Los que no levanten la caca de sus perros pueden ser multados hasta con 12 mil pesos

Capital arrancó una campaña de concientización para mantener la limpieza e informó también sobre las sanciones.

Los que no levanten la caca de sus perros pueden ser multados hasta con 12 mil pesos
Los que no levanten la caca de sus perros pueden ser multados hasta con 12 mil pesos

Las heces de los perros en el espacio público se vuelven desagradables a la vista, generan mal olor, contaminan el ambiente y son riesgosas para la salud. Por esa razón desde la Municipalidad de Capital han encarado una fuerte campaña para que sus dueños las recojan y las depositen en algunos de los 34 los cestos que han dispuesto para tal fin.

Desde allí comunicaron que transcurrido el periodo necesario para que los vecinos interioricen esta práctica, sancionarán a quien no la cumpla. El Código de Convivencia estipula esta acción como infracción grave por la cual se debe pagar entre 2.000 a 5.000 UTM, es decir entre $5.060 y $ 12.650.

Para la campaña, la comuna ha sumado preventores con megáfonos que acuden a estos espacios informando sobre el contenido del código. Los agentes municipales comunican a los ciudadanos sobre la tenencia responsable de sus mascotas,  impartiendo mensajes que indican los cestos de heces de mascotas existentes y la importancia de su uso.

Además se dictan talleres en escuelas, organizaciones sociales y uniones vecinales de la ciudad, que informan sobre la temática mediante actividades lúdicas que buscan generar un efecto multiplicador en cada persona.

Asimismo, Capital cuenta con un Móvil Veterinario que recorre distintos puntos y dispone de bolsas para recolección de heces de mascotas que entrega a los vecinos. Por otra parte, si algún vecino denuncia mediante el Call Center (147) que una persona no cumple con lo higiene y salubridad animal que establece el código, el municipio intima al infractor y brinda información necesaria para conocimiento y el contacto con el Departamento de Salud Animal.

Código de Convivencia

En su articulado reza lo siguiente: “Los propietarios o conductores de animales domésticos habrán de evitar que éstos realicen sus micciones y/o deposiciones de excrementos en la vía pública, veredas, zonas ajardinadas, zonas peatonales o de paso y espacios públicos destinados al paso y recreo de los ciudadanos, debiendo conducirlos, en su caso al lugar que menos afecte a otras personas. En todos los casos estarán obligados a recoger los excrementos mediante bolsas u otros sistemas que estimen convenientes y que posteriormente habrán de depositar, debidamente cerrados, en papeleras o contenedores o llevarlos a su domicilio para luego depositarlos en los espacios correspondientes a los residuos urbanos. Asimismo habrán de limpiar la zona afectada bajo apercibimiento de ser sancionados”.

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