La Cámara confirmó el sobreseimiento de De la Rúa

El fallo unánime favoreció ayer al ex presidente en la causa por las muertes de cinco manifestantes en el fin de su gobierno.

La Cámara confirmó el sobreseimiento de De la Rúa
La Cámara confirmó el sobreseimiento de De la Rúa

La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó el sobreseimiento del ex presidente Fernando de la Rúa por los asesinatos de cinco manifestantes y 117 heridos que hubo durante la represión policial en su último día de gobierno, el jueves 20 de diciembre de 2001.

La Sala I del máximo tribunal penal del país -integrada por Raúl Madueño, Luis Cabral, y Eduardo Riggi- confirmó por unanimidad el último de los fallos que favoreció a De la Rúa, donde la Cámara Federal lo consideró libre de culpa y cargo de los incidentes ocurridos cerca de la Plaza de Mayo.

Para los jueces de la Casación "no puede pretenderse ubicar" a De la Rúa "como garante de comportamientos" de los policías represores porque aquel "desconocía los supuestos excesos en los que habrían incurrido sus inferiores durante el Estado de Sitio".

"Lo contrario importaría una flagrante violación del principio de culpabilidad", sostuvo el fallo en donde, además, se aseguró que "desde el punto de vista formal no existe como pretende los recurrentes ilegitimidad en el dictado del Estado de Sitio" puesto que para ello el Presidente "cumplió con los pasos que marca la ley suprema y los pactos internacionales".

Recordaron que la Constitución Nacional establece que "es atribución del Presidente de la Nación declarar el Estado de Sitio en caso de conmoción interior cuando el Congreso está en receso". Sin embargo, los camaristas opinaron que "si bien la situación política del país era complicada todavía no habían sucedido los hechos que justificaron que el ex presidente considerara que nos encontrábamos frente a un supuesto de conmoción interior". El recurso de Casación había sido presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) en representación de los querellantes, que pidió el procesamiento de De la Rúa y consideró que el entonces presidente "se arrogó facultades que no tenía" al decretar el estado de sitio.

El operativo de represión -según la apelación- fue ilegítimo porque De la Rúa "declaró el Estado de Sitio sin intervención del Congreso de la Nación pese a la obligación que imponen los artículos 65 y 29 de la Constitución Nacional en caso de conmoción interior", había expuesto el CELS. En su declaración indagatoria de la etapa de instrucción, el ex presidente aseguró que él no sabía nada y se enteró por "Crónica TV" de que había muertos por la represión policial.

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