24-02-2024
El juicio por jurados hace a la esencia del sistema acusatorio, sin embargo, habiendo sido consagrado en la Constitución de 1853, nunca fue instrumentado por prejuicios insostenibles en un gobierno democrático: el ciudadano no estaba capacitado para tal tarea. Pero es exactamente lo contrario: claramente, es la máxima expresión de una justicia con rostro humano, donde el ciudadano común que le importa la cosa pública, puede ser parte de la administración de justicia. Debe el presidente Milei insistir en este tema, el sistema de Mendoza tiene mucho para aportar al proyecto definitivo.