Desde hace casi 3 meses, en la Legislatura "ajustan los engranajes" para poner a punto el proyecto del nuevo Código Procesal Civil y Comercial, con la intención de "largarlo" al recinto dentro de dos semanas (el miércoles se firmó el despacho de comisión). Allí tendrá la primera sanción del Senado y, luego del receso invernal, podría ser ley, para entrar en vigencia a partir del 1 de enero del año que viene.
Y a partir de ese momento, comenzará a regir una serie de cambios en los procedimientos, cada vez que un mendocino tenga que ir a la Justicia por un conflicto que no sea penal, ni familiar, ni de trabajo. Valga la redundancia, por problemas en la materia civil y comercial.
Estos pueden ser litigios por alquileres, accidentes de tránsito, contratos, desalojo, cobros de cheque, escrituraciones, nulidades de contrato, sucesiones, entre otros.
También se suma, como novedad, un fuero de "Pequeñas Causas" y se regulará en materia de Defensa al Consumidor. Allí se podrá recurrir cada vez que haya un problema con una tarjeta de crédito, una queja por una compra o un servicio, por nombrar algunos ejemplos.
En todos los litigios, la gran novedad y apuesta del nuevo Código de procedimiento es la celeridad y la participación del juez en los procesos. La intención es eliminar “los tiempos muertos”, que da lugar a maniobras dilatorias, y llevar el promedio de un juicio de cinco años a uno.
"Se disminuyen los plazos con la implementación de la oralidad y las audiencias. Se va a necesitar menor cantidad de recurso judicial, pero también se va a evitar la chicana para dilatar, por lo que todas las causas civiles se van a beneficiar", consideró la senadora María José Ubaldini (PJ), y aseguró que en la oposición está aceitado el acuerdo. "Es un tema muy técnico y no todos pueden opinar".
A su vez, el Código mendocino propone adaptarse a los "nuevos soportes" y abrirle camino al expediente electrónico y a procesos digitales, lo que va a permitir simplificar y darle más celeridad a los procesos ordinarios.
"Se disminuyen los plazos con la implementación de la oralidad y las audiencias. Se va a necesitar menor cantidad de recurso judicial, pero también se va a evitar la chicana..."
Los jueces, presentes
Una de las que participó tanto en la comisión redactora como en los debates en comisión de LAC, es la jueza María Inés Rauek de Yanzón, quien explicó los cambios de la futura norma. La magistrada dijo que la nueva redacción responde a dos núcleos duros, por un lado, a los que se debía adaptar el Código de forma. Pero también, por otro lado, tiene una serie de aspectos que fueron regulados por los actores que intervienen.
El primer núcleo de cambio son los tratados internacionales y la Constitución Nacional, que le marcan al juez que debe oír al ciudadano y que su resolución debe ser en un plazo razonable y corto.
Hasta ahora, en un juicio de materia civil, el juez recibe de “tercera mano” la causa, al resolver en base a los escritos que presentan los abogados, quienes a su vez transcriben lo que le dijeron las partes. Es decir, el magistrado decide sin ver ni oír a sus actores. “Lo que quiere nuestra Constitución es que el juez se acerque a las partes y resuelva lo más cercano al conflicto y no en base a la jurisprudencia, la doctrina o la teoría”, explicó Rauek.
“Por su puesto, esto va en contra de toda la tradición mendocina en la que el juez está en su despacho y no escucha y no ve. Si bien trabajan mucho, la Constitución les pide algo más: que estén presentes en las audiencias y escuchen a las partes”, señaló la magistrada.
El segundo núcleo por el cual se reforma la norma mendocina, es por la modificación de la ley nacional del Código Civil y Comercial, la ley de fondo, redactada en el 2015. En este sentido, Mendoza es la primera provincia en "poner a punto" su Código de Procedimiento a la ley sustantiva.
Y en este aspecto, la agilidad de los procesos vuelve a ser el centro del cambio. La nueva norma incorpora las audiencias orales en los procesos de conocimientos, los juicios más comunes. "Es un molde común para discutir cualquier tipo de derecho que no tenga una vía u objeto especial, como por ejemplo una escrituración, contrato, un reclamo de tránsito", explicó Rauek.
En estos casos, se incorporan dos grandes audiencias. En la preliminar, las partes, delante del juez, hacen sus pretensiones y le dicen al magistrado cuáles son las pruebas. En este punto, la nueva redacción se incentiva la conciliación. Un ejemplo es que los abogados, si arriban a un acuerdo en esta parte, podrán cobrar como si el juicio llegara a su fin.
Pero de continuar el juicio, habrá una segunda audiencia, a la que asisten los testigos, los peritos, las partes y sus abogados. En esta etapa, el juez dicta la sentencia.
Por su parte, en los juicios ejecutivos (aquellos que involucran algún instrumento de pago, como un cheque) también se va a reducir el proceso, entendiendo que son créditos que por naturaleza se mueven rápido. La novedad es que se incorpora el proceso monitorio.
“Esto significa que cuando la parte que tiene un crédito con algo que da la certeza de su derecho, el juez revisa si tiene todo y dicta sentencia ordenando el embargo. Y si el demandado tiene algo para decir, se tiene que presentar y paralizar la sentencia. Si no se presenta, la sentencia se ejecuta”, señaló Rauek. Sobre este punto, desde el Gobierno dijeron que sólo contesta el 30%, por lo cual el tiempo se va a reducir en el 70% restante.
Principales puntos
Según destacó el presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, el senador Marcelo Rubio (UCR), la nueva redacción contempla los principales cambios.
Rapidez: Se incorporan las audiencias orales y se acortan los plazos.
Digitalización de los expedientes e incorporación del domicilio electrónico.
Subastas electrónicas, similares a las que se realizan en Amazon o Mercado libre, con un precio determinado y usuarios registrados.
Participación del juez: Ahora deberá estar presente en las audiencias, y no resolver en base a los escritos presentados por los abogados.
Los jueces no se dividen por competencia. Si bien lo proponía la oralidad como un engranaje que hace a la rapidez (evita la dispersión en varios temas), los magistrados mendocinos prefirieron excluir este aspecto.
500 causas anuales será el límite que tendrá un juez. La intención es favorecer la concentración de los magistrados en cada caso , y así evitar que los procesos se estiren.
Se alienta a la conciliación en la primera audiencia. Los abogados podrán cobrar sus honorarios como si el juicio hubiera llegado a sentencia.
El Gobierno nacional financiará la nueva tecnología
A la agilidad propuesta por el Poder Ejecutivo, surgió un primer gran interrogante que planteó la oposición: ¿Cómo adaptar la infraestructura a la incorporación de las audiencias orales? La respuesta la dio el subsecretario de Justicia y coordinador Comisión Redactora, Marcelo D'Agostino, quien señaló que las audiencias se podrán realizar en los despachos de los jueces, algo que fue consensuado con los mismos magistrados.
El funcionario diferenció los procesos judiciales y cómo impactará el cambio en las estadísticas. Según D'Agostino, del total de las causas que ingresan a la Justicia, el 30% son procesos de conocimientos, el 20% son beneficios de litigar sin gastos (cuando alguien dice que no tiene dinero para afrontar el juicio), otro 20% están relacionados con los procesos ejecutivos, 20% son sucesiones y 10% son otras causas.
En el caso de los juicios en los que una de las partes dice no tener dinero para hacer frente al pago del proceso, ahora se pedirá una declaración jurada que compruebe la situación económica. Según estiman, esto va a reducir los tiempos en los litigios, ya que en algunas ocasiones el proceso se “distraía” en la consideración de si era económicamente solvente o no.
A su vez, el funcionario explicó que en las últimas gestiones, la provincia consiguió que el Ministerio de Justicia de la Nación financie todo el equipamiento que se va a necesitar para las audiencias orales. Esto es cámaras, micrófonos, software y la capacitación del personal.
Según estimó D'Agostino, todo esto requerirá una inversión de 5 millones de pesos. "No vamos a tener ningún tipo de impacto presupuestario, ya que lo financia la Nación a través del programa Justicia 2020", explicó el funcionario.
Política de Estado
Algo que destacan quienes participaron en el proceso que lleva el proyecto de reforma, es que se trató de una "política de Estado". En su derrotero, el anteproyecto comenzó a ser tratado en una Comisión de Reforma, que se inició en el gobierno del ex gobernador Francisco Pérez, y continuó en la gestión de Alfredo Cornejo.
De la redacción, participaron los tres poderes del Estado -Ejecutivo, Judicial y Legislativo- pero también universidades, el Colegio de Abogados y la Asociación de Magistrados. "Es un trabajo interestamentario, que lo hicimos como algo extra a nuestro trabajo. Mientras que en otras provincias se cobraron altos honorarios, nosotros lo hicimos con la convicción de darle una buena norma a la provincia", contó Rauek.