El caso de las dos mujeres policías que obtuvieron licencia por 135 días - aunque ahora el fallo fue apelado por el gobierno- tras haber sido mamás, sirve de contexto para contar qué contempla la legislación mendocina para otros casos.
Marcelo Funes, por ejemplo, fue papá por vientre subrogado, es decir, su hijo fue gestado por una amiga que además lo hizo "de onda". "Mi amiga me prestó su vientre sin plata de por medio. Fue de onda. Ahora Tadeo tiene 2 años", cuenta Marcelo, quien está en pareja con Alberto.
En su caso, no se tomó licencia por paternidad, ya que es docente y su hijo nació unos días antes de las vacaciones. Pero aunque se la hubiera querido tomar sólo le hubiesen correspondido los 15 días que contempla la ley para los varones. Esto, aunque su hijo no fuera a vivir con la persona que lo gestó.
"A mi amiga, que es de San Juan y empleada pública, le dieron los 90 días que le corresponden", agregó Marcelo, explicando que por ahora su hijo Tadeo lleva el apellido de él. Es por esta razón que desde la legislatura se han presentado varios proyectos al respecto, apoyados en las demandas de la "comunidad LGBGTIQ".
En números
Para empezar vale decir que en la actualidad, hombres y mujeres tienen, respectivamente, 15 y 120 días corridos (30 antes del parto y 90 después) según lo contempla la ley 5.811 en sus artículos 54 y 54 bis. En tanto, para el ámbito privado, la ley 20.744 de Contratos de Trabajo, de 1974, indica que para las mujeres es de 90 días y para los hombres, de 2 a 10 días, aunque algunos casos particulares dependen del convenio de trabajo.
Como se ve, en el caso de los empleados varones de empresas privadas el tiempo es mucho menor, convirtiendo los derechos laborales que tienen los trabajadores en uno de los más atrasados del continente. Aquí los líderes son Paraguay y Ecuador, con 15 días.
El dato es llamativo, sobre todo si se tiene en cuenta que, según Unicef, los padres y madres deberían tener la mayor presencia posible en los primeros 1.000 días del bebé, considerados fundamentales en el desarrollo del niño.
Por ello es que esta situación es cuestionada hace tiempo, sobre todo por razones de equidad y por otros aspectos que tienen que ver, por ejemplo, con el tipo de trabajo que desempeña alguno de los integrantes de la pareja.
En Mendoza se han presentado tres proyectos de ley que tratan esta temática, en los cuales se propone terminar con el binarismo maternidad-paternidad, introduciendo conceptos tales como "licencia familiar" o "universal", o el de "licencia por cuidado para la persona recién nacida".
Además, según consta en un documento elaborado por El Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento-Cippec ("Más días para cuidar: una propuesta para modificar el régimen de licencias desde la equidad") a octubre de 2017 en Argentina había 61 proyectos de ley que proponen modificar el régimen actual.
De ellos, 27 proyectos por maternidad y 32 por paternidad contemplan la ampliación de los días que le corresponden a cada pareja.
Decisión democrática
Eleonora Lamm, doctora en Derecho especializada en Bioética, recordó el caso de un fallo ocurrido en 2015 en un juzgado de familia marplatense, que otorgó por primera vez un beneficio de 90 días a uno de los integrantes de una pareja de hombres -casados por matrimonio igualitario- por 90 días, tras adoptar a dos niños de 8 y 10 años.
"Pero es uno de los pocos casos que se han dado en el país, incluso creo que en Mendoza no se ha dado ninguno. Los varones en general tienen menos tiempo que las mujeres. Pero lo cierto es que cuando han sido dos mujeres, se les ha permitido en varios casos a las dos recurrir a la licencia por maternidad. Pero cuando son varones, sólo a uno. Entiendo que es justo que ambos puedan acudir a la licencia por maternidad, pero no es equitativo y sigue reforzando el estereotipo de que las mujeres estamos para cuidar", señaló Lamm.
Por ello, la especialista indicó que esto lleva a repensar otro aspecto, que es que si no ese les da a las dos personas, al menos que se decida democráticamente en el ámbito de la pareja quién puede acceder a la mayor cantidad de días para el cuidado del recién nacido.
“No necesariamente tiene que ser la mujer, ni la persona que ha parido. Y si se quiere dar a dos personas, que se lo den independientemente de la orientación sexual o la identidad de género. Si sólo se lo damos a dos mujeres, estamos reforzando el estereotipo de que las mujeres son las responsables de dar los cuidados”, indicó, recordando que el parto implica solo una semana de recuperación y que el resto del tiempo podría ser asumido por cualquier integrante de la pareja.
Los proyectos
Esta semana, integrantes de la comisión de Asuntos Sociales se reunieron para evaluar una propuesta presentada por la senadora Daniela García, en 2016, que busca que se modifiquen las licencias por maternidad y paternidad, fijadas por el Régimen de Licencias de la provincia.
A dicha propuesta se le acumularon proyectos similares de autoría de la senadora Cecilia Páez, sumados a una iniciativa presentada por ciudadanas que participaron de la última Asamblea por la Equidad. Sus integrantes firmaron su despacho, por lo que está en condiciones de ser tratado en la próxima sesión de la Cámara de Senadores.
“Planteamos la existencia de una licencia universal. Esto implica que la pareja elija cuánto tiempo se toma cada uno”, explicó García, añadiendo que su propuesta es de 150 días corridos. “Así cada uno puede elegir cuánto desea tomarse de ese tiempo”, destacó.
La elección dependerá, por ejemplo, de si se trata de una pareja igualitaria -y de esta forma no se generan distinciones entre ambos-, si la mujer tiene mayor desarrollo profesional y desea reintegrarse antes al trabajo o para eliminar el factor del "costo" de las mujeres. "A veces se afirma que las mujeres somos más 'caras' en términos laborales.
De esta forma se elimina este concepto si cualquiera de los dos puede tomarse días”, describió García.
Cecilia Páez, en tanto, con su proyecto de 2018, introduce el concepto de licencias familiares y propone aumentarlas a 150 días - cuando ambos son trabajadores del Estado-, considerando 90 días intransferibles (30 días previos al parto para la gestante, 30 días posteriores al parto para la gestante, y 30 días para el o la no gestante), más 60 días transferibles entre ambos según acuerdo.
Denise Ferrero, coordinadora de género y diversidad de la legislatura provincial, indicó que con el nuevo proyecto que se presenta es importante que se incorpore nueva terminología, que hasta el momento no es reconocida por la ley 5811.
"No tiene en cuenta nuevos tipos de familia, lo que hace que estos casos estén mal regulados. Por ejemplo para el caso de los varones, en donde sólo se les conceden 15 días por paternidad", explicó.
La coordinadora legislativa además añadió que por ejemplo se incorpora al artículo 57 quater, entre otras modificaciones que establece que en los supuestos en los que se acceda a la maternidad o paternidad recurriendo a la gestación por sustitución se aplicarán los plazos y condiciones previstas en materia de adopción, establecidos en el artículo 57 BIS de la mencionada ley.
Esto implica, por ejemplo, una licencia de 15 días para los adoptantes o 105 días si la persona adoptada tiene menos de 90 días de edad. La actual ley dice que sólo se otorgarán 45 días luego de la adopción.
Más licencias
Otros puntos que introduce la propuesta de García son 150 días corridos de licencia por guarda preadoptiva, contados a partir de la entrega del niño; 150 días corridos, a partir del alta hospitalaria del Recién Nacido Prematuro y 210 días corridos, a la madre del un recién nacido con capacidades diferentes que necesitan mayor atención física y psicológica, según lo determine la reglamentación, pudiendo iniciarse hasta 30 días corridos antes de la fecha de parto.
También contempla que las madres con nacimientos múltiples podrán tomarse 210 días corridos, pudiendo iniciarse hasta 30 días corridos, antes de la fecha probable de parto.
Además, remarca que durante su licencia trabajadora percibirá íntegramente su remuneración. Esta licencia no impedirá el otorgamiento de mayores plazos que puedan tener su origen en licencias pagas por razones de salud, si existiera imposibilidad de prestar servicio.
En tanto, la propuesta de Páez considera que cuando sólo la gestante es trabajadora del Estado se podrá tomar 120 días (30 previos y 90 posteriores) incrementándose para los casos de prematuros, bebés con discapacidad, nacimientos múltiples o que por prescripción médica necesitan atención o cuidados especiales.
El caso de las dos policías, apelado
Para el caso de las dos mujeres policías que recibieron la misma licencia por maternidad de 135 días es importante una aclaración. Si bien el Gobierno provincial apeló el fallo dictado por el juez Ricardo Sancho a favor de las policías Carina Robles y Mariana Canciani, la medida judicial no suspende la licencia.
Así lo explicó la abogada de las litigantes, Carolina Jacky. "La apelación no suspende la medida. Podrán gozar de la licencia por maternindad hasta que haya un fallo que revoque la decisión anterior. También hay que resaltar que cuando vuelvan al trabajo no deberán devolver los días. Lo más probable es que cuando vuelvan al ministerio verán adónde las envían", dijo la letrada.
Continuando, Jacky agregó que, pese a que hay proyectos oficialistas para incorporar a la ley estos casos, la apelación es una forma que tiene el Estado de enviar un mensaje. "Es como que el Estado les dice a los demás que no se atrevan a hacer esto, porque no me gusta", finalizó