Bienvenidas regulaciones para los abogados

La decisión del gobernador Alfredo Cornejo cuenta con el apoyo del cuerpo de letrados de la provincia de Mendoza.

Bienvenidas regulaciones para los abogados
Bienvenidas regulaciones para los abogados

Uno de los aspectos más valorados de Mendoza es su elevado grado de institucionalidad, que viene impidiendo la proliferación de caudillos que pretendan poner a sus personas por encima del bien público, como lamentablemente ocurre en muchas otras provincias.

La traducción académica de ese estilo de vida se expresa en una de las más amplias ofertas culturales del país en materia de estudios superiores, tanto terciarios como universitarios, lo cual habla de un lugar donde las capacidades intelectuales tienen amplias alternativas de desarrollo.

Sin embargo, como todo lo bueno posee también casi siempre su aspecto opuesto, la gran cantidad de instituciones académicas y sus respectivas carreras a veces afecta contra la calidad de las mismas.

Ello particularmente se da en el caso de los estudios jurídicos, donde en particular la titulación en abogacía se oferta en más de una decena de universidades entre las locales y las que imparten educación a distancia; lo cual es evidentemente un exceso de oferta frente a una demanda mucho más limitada.

Ocurre que muchos aspirantes que rinden mal en la facultad pública se trasladan a algunas de las privadas, donde no en todas las exigencias son iguales. Por ende, algunos de los que con el tiempo egresarán, lo hacen con faltantes en lo que hace a los estudios necesarios para ejercer debidamente la profesión.

No obstante, más allá de la calidad laboral de cada egresado, lo cierto es que tanta cantidad de ellos hace que, en los hechos, prolifere la industria del juicio. No casualmente Mendoza es la provincia más judicializada del país y una de las más judicializadas del mundo.

Frente a eso, es necesario que el Estado ejerza algún tipo de regulación mayor a la existente sin alterar la autonomía universitaria, pero estableciendo los requerimientos relacionados con la necesidad de profesionales donde la calidad se imponga sobre la cantidad para que cumplan debidamente su actividad.

Mendoza regula el ejercicio de la abogacía a través de la ley 4.976 de octubre de 1984 estableciendo que para ejercer la abogacía hace falta el título de abogado y "la inscripción en la matrícula regulada por esta ley".

La nueva propuesta del gobernador es la de introducir un agregado a esta ley mediante el cual además de la inscripción, para poder ejercer su profesión, los abogados deberán "someterse a la evaluación regulada por esta ley". Lo cual, en tanto Mendoza tiene el poder de policía propio, está en consonancia con sus atribuciones.

En realidad, esta buena iniciativa se inscribe en un contexto mucho más amplio que debería discutirse no solo a nivel provincial, sino también a nivel nacional. Y en todas las instituciones de nivel superior, tanto las terciarias como las universitarias.

En primer lugar, toda sociedad debería canalizar las inquietudes intelectuales de sus jóvenes de acuerdo a los requerimientos que su mercado laboral sugiere. Ello no puede ni debe impedir que las vocaciones estén por encima de todo y que exista plena libertad para que cada uno canalice sus inquietudes intelectuales de acuerdo a los requerimientos de su personalidad.

Pero a la vez se debe advertir a los que eligen una carrera más pensando en su futuro profesional que en su vocación (quienes suelen ser mayoría) que existen profesiones donde el exceso de egresados hasta puede impedirle a los futuros profesionales ejercer alguna vez la actividad para la que se formaron. Y abogacía es una de ellas. Mientras que existen otras alternativas técnicas y profesionales para el desarrollo nacional donde los ingresantes y egresados son muy pocos.

Por otro lado, en la mayoría de los países desarrollados, que también cuentan con autonomía universitaria, los profesionales recién recibidos deben rendir un examen externo a la institución académica donde se recibieron para ejercer su profesión. Y existen incluso los exámenes periódicos para la reválida de los títulos que exigen la actualización permanente del conocimiento.

En síntesis, que la regulación social por parte del Estado -a través de instituciones evaluadoras lo más independientes posibles tanto del gobierno como de la academia- de los estudios superiores, sumado a la orientación profesional en base a requerimientos del desarrollo del país, son dos exigencias en consonancia con el mundo contemporáneo hacia donde debemos dirigir oídos y miradas.

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