Bancalari se defiende antes de la decisión del Jury

Se conocieron los fundamentos del fiscal acusado de no apartarse en casos en los que intervinieron familiares y amigos. Mañana habrá un veredicto.

Bancalari se defiende antes de la decisión del Jury

Mañana es el día clave para el fiscal de Delitos Complejos Juan Manuel Bancalari; el Jury de Enjuiciamiento decidirá si abre proceso para destituirlo o si archiva las dos denuncias en su contra. Bancalari ya presentó su descargo por escrito a ambas presentaciones.

Llama la atención que en ambas respuestas acusa a “la utilización periodística o política” de sus desgracias. Dice que los magistrados han dejado de ser “esa figura impoluta, intachable, como se nos concebía históricamente, para convertirnos en un ser humano” y pone en duda la razonabilidad de que los otros poderes del Estado puedan “enjuiciar al órgano controlante vía juicio político” (ver aparte).

Más aún, hay otra definición polémica: “Defender la norma que regla las inhibitorias implicando que lo determinante es la norma y no controlar el verdadero comportamiento del magistrado en el caso concreto, corresponde a una perspectiva equivocada”.

A propósito de este párrafo, alguien podría decir que él entiende que no ha habido perjuicio para nadie en sus decisiones, porque habría supuesta objetividad en ellas.

Sin embargo, para los que no discuten la academia las implicaciones no tienen fin. La polémica frase se refiere a la acusación por la que se indica que el fiscal intervino en un puñado de causas en las que su hermana Silvia Bancalari, y su sobrina Ximena Morales, eran las defensoras. El denunciante es el abogado Carlos Castillo.

El artículo 72 del Código Procesal Penal enumera los motivos por los que un magistrado debe inhibirse de participar en una causa. En el inciso 2 se indica que debe excusarse “si fuere pariente, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, de algún interesado”. Ésa es la norma que regla las inhibitorias que no debería ser tan importante a la hora de analizar su comportamiento.

En su defensa Bancalari dice que son quince expedientes en los que se lo acusa de haber participado como acusador, mientras que su hermana o su sobrina eran las defensoras.

El fiscal indica que de esos quince, “en ocho no hay intervención alguna de mi lado. De los restantes, en dos obran una declaración de incompetencia y una remisión al Cuerpo de Mediadores. En los cuatro siguientes: simples decretos de mero trámite (fijación de audiencias, préstamos de expedientes o rechazo de una restitución de objeto) y por último, en el único expediente donde se resolvió una cuestión trascendental, lo fue en el marco de un hecho encuadrado como violencia de género y su resultado fue requerir la citación a juicio”.

La cuestión es si este tecnicismo podría afectar el destino de la causa o no. Hay quienes afirman que sí, hay quienes dicen que no, justamente por esa supuesta objetividad.

La otra denuncia es más compleja de explicar. La presentó el abogado Carlos Moyano, quien acusa al fiscal de haber fraguado un expediente judicial para beneficiar a algunos amigos.

Todo nace de un contrato de alquiler firmado en 2008, en el que los locatarios habrían presentado en garantía un contrato de compra-venta de un departamento y 20 mil dólares. En 2011 el contrato se cayó, los 20 mil dólares nunca aparecieron y los dueños del local reclamaron el departamento en la Justicia civil.

La causa penal por estafa procesal se inicia justamente por el reclamo civil del departamento. La complejidad del caso llevó a algunos errores en la información publicada. Se dijo que uno de los amigos de Bancalari, el escribano Mariano Polvorinos fue imputado y en realidad no lo fue, sino que fue citado como testigo. El imputado fue el contador Jorge Rodríguez, apoderado de la empresa Dencosur que es la dueña del local alquilado.

En su declaración Rodríguez dice que nunca recibió los 20 mil dólares. Alguien puede decir que un imputado no está obligado a declarar en su contra, mientras que un testigo está obligado a decir la verdad y él dijo que sólo certificó firmas; pero el denunciante Moyano sacó a relucir un recibo por 10 mil dólares firmado por el escribano y lo hizo por Dencosur. Entonces Moyano pidió que se abriera un nuevo expediente para investigar a Polvorinos y que ese expediente fuera conducido por otro fiscal, habida cuenta de la amistad que unía al nuevo denunciado y Bancalari.

El pedido quedó a fojas 290 y 291. Pero después, aparecieron otras fojas 290 y 291. Se introdujeron varias fojas nuevas y Bancalari habría argumentado con posterioridad el sobreseimiento de Rodríguez.

En la defensa se dice que las hojas que aparecieron después de la presentación de Moyano, en realidad ya existían desde mayo, sólo que no habían sido cosidas en el expediente.

Cuando la jefa de Mesa de Entradas toma todos los documentos, ordena cronológicamente y refolia todas las páginas. Entonces la presentación de Moyano quedó después del pedido de sobreseimiento.

La teoría de la "debilidad" judicial

La reencontrada humanidad de los magistrados por culpa de la falta de consideración social no es nueva, ni exclusiva de los jueces. Todas las instituciones caen en el mismo descrédito.

Dicen que Bancalari quiso decir que esa humanidad tiene que ver con una situación de debilidad de la Justicia que permite el recrudecimiento de las denuncias contra los magistrados.

Bancalari habla de una debilidad relativa del Poder Judicial respecto de los otros dos. Las acusaciones existían de antes. Lo que hay ahora es una mirada más atenta de los medios, pero tanta información no garantiza destituciones.

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