La Cámara de Diputados le dio media sanción al Código Procesal de Familia y Violencia Familiar. El proyecto fue aprobado casi por unanimidad, porque cuando se votó en particular las diputadas Mailé Rodríguez (FIT), Macarena Escudero (FIT), Cristina Pérez (PJ) y Patricia Galván (PJ) se abstuvieron en un apartado.
“Se ha incluido la violencia de género como parte de la violencia familiar y entendemos que el tratamiento debería haberse dado de manera separada”, explicó Escudero.
Es la primera ley provincial que avanza con acuerdo de las principales fuerzas políticas después de la aprobación de la de Movilidad en agosto.
"Cambió la realidad familiar y es necesario buscar procesos ágiles. Con un juez presente y que intervenga en las diversas etapas del proceso se va a lograr", explicó Jorge Albarracín (UCR).
Para llegar al consenso fue clave la participación de la oposición en la Comisión Bicameral de Familia, Niñez y Adolescencia. Durante las jornadas de trabajo se escucharon los aportes de la oposición para enriquecer el proyecto. Además, se incorporaron recomendaciones de los distintos actores que intervienen en los procesos que involucra el Código. "Hemos podido lograr que parte de las modificaciones propuestas por nosotros fueran receptadas", destacó la vicepresidenta de la Bicameral, Silvia Stocco (PJ).
Los cambios que trae
Uno de los temas que promete agilizarse es el de las adopciones. En primer lugar, se habilitarán delegaciones del Registro Provincial de Adopción en las cuatro circunscripciones judiciales (Gran Mendoza, Valle de Uco, Este y Sur) y funcionarán junto con la OAL (que pasará a llamarse Equipo Técnico Interdisciplinario, ETI).
El Registro formará un legajo de cada solicitud e inscribirá a los postulantes. Cada interesado deberá dejar constancia de sus datos personales y de los de su grupo familiar conviviente. Según la fecha y hora de inscripción recibirá un número de orden.
Las inscripciones mantendrán su vigencia por el plazo de un año y los postulantes deberán ratificar su voluntad de continuar inscriptos dentro del mes anterior a su vencimiento, de lo contrario quedarán afuera del Registro.
Desde que la OAL determine que una niña, niño o adolescente no tiene filiación el juez tendrá 10 días para resolver sobre su adoptabilidad. Una vez emitida la sentencia, el magistrado seleccionará en un plazo máximo de 5 días a los postulantes de la nómina del Registro de Adopción y tendrá 24 horas para notificar a los organismos correspondientes y a los adoptantes. Si los postulantes no van a la audiencia o desisten de su voluntad, se seleccionarán nuevos en un periodo de no más de 5 días.
Una vez aceptada la guarda con fines de adopción, esta etapa no podrá superar los 6 meses. Después viene el juicio de adopción. Desde el pedido de adopción el juez deberá fijar la primera audiencia dentro de los 10 días. Después de la audiencia -si el niño acepta y los informes son positivos- el magistrado tendrá 10 días para dictar sentencia.