Una disposición reglamentó la captura y tratamiento de datos personales por medio de drones para proteger la privacidad de las personas, anunció hoy el ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Esta disposición no se refiere a los términos de seguridad en el uso de las aeronaves no tripuladas, más conocidas como drones, que aún no está reglamentada en Argentina.
La Administración Nacional de Aeronáutica Civil (ANAC) viene trabajando desde enero en un proyecto para regular su uso desde el punto de vista de la seguridad y elaboró una normativa que presentará el 4 de junio, dijo el jefe de Normativa Aeronáutica del organismo, Fabián Schinca.
En tanto, la disposición del ministerio de Justicia "recomienda que el derecho sobre la imagen personal no sea vulnerado", aseguró el director de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP), Juan Cruz González Allonca.
En un comunicado, recordó que los usuarios de drones "están sujetos a la ley de protección de la privacidad".
Por lo tanto, deberán "evitar la recolección de datos sensibles que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual", precisó.
De este modo, las imágenes y sonidos tomados por un dron que incluyan datos personales tendrán que contar con el consentimiento previo de la persona involucrada.
Están exceptuados de esas autorizaciones los registros de actos públicos, el uso privado de imágenes de fiestas o eventos privados, los casos de atención en situación de emergencia o siniestros o cuando una persona utilice el dron dentro de una propiedad privada sin perjudicar a terceros.
Asimismo, la disposición aclara que no se requerirá consentimiento cuando "la recolección de datos la realice el Estado Nacional en ejercicio de sus funciones", sin especificar el alcance del artículo.