Una Constitución es, más que una ley fundamental, un verdadero proyecto de Nación, de provincia o de municipio en un sistema federal estadual.
Para que un proceso reformista sea tal, debe tener su propio proyecto, en función del cual debe modificarse el anterior. La Constitución no sólo es una obra de carácter jurídico-político, sino también social y económico. La democracia no es sólo política sino también económica, social y cultural.
No nace aisladamente sino en medio de una serie de realizaciones ya cumplidas y otras en vías de ejecución. De ahí la inutilidad de considerarla fuera de su "hábitat" histórico o lo que nosotros llamamos geo-cultura-histórica de un pueblo. Por ello, una reforma implica constitucionalizar la realidad, legislar sobre lo que nos pasa y nos ocurre en un momento, un tiempo y lugar determinados.
Es necesario continuar y profundizar la tarea de recuperación política, económica, social y cultural que llevan adelante los gobiernos nacional y provincial. Para ello, y siguiendo las enseñanzas del maestro Arturo Sampay (1), es necesaria la "renovación constitucional en el sentido económico-social" a fin de que "la dignidad del hombre sea defendida en forma completa" y añade: "La experiencia del siglo pasado y de las primeras décadas del presente, demostró que la libertad civil, la igualdad jurídica y los derechos políticos, no llenan su cometido si no son complementados con reformas económicas sociales que permitan al hombre aprovecharse de esas conquistas".
De nada vale una explosión de derechos como lo han propuesto los sucesivos intentos de reformas impulsadas por distintos gobiernos provinciales y que han fracasado, sin establecer los principios económicos que, por un lado, posibiliten a la comunidad mendocina la ampliación de sus bases económicas; por otro, resguarden los derechos políticos, económicos y sociales del pueblo de Mendoza.
En ese camino, además, de las organizaciones sindicales y de trabajadores, debemos incluir en la reforma los movimientos sociales y las asociaciones intermedias (sociales, barriales, etc.) que nos permitan contemplar en nuestra Carta Magna una estructura democrática, amplia, eficiente y representativa de la voluntad popular.
Como principios de organización económica del Estado provincial, consideramos importante establecer que la provincia sostiene un modelo económico complejo configurado por formas de organización económica privada, comunitaria, estatal y social cooperativa (son niveles heterogéneos pero complementarios), orientado a mejorar la calidad de vida de todos los mendocinos y mendocinas. La necesidad de que toda actividad económica fortalezca la economía provincial, prohibiendo los monopolios y oligopolios en todas sus formas, nacionales o extranjeras.
La soberanía alimentaria es un objetivo estratégico y una obligación del Estado, para garantizar a las personas y comunidades la autosuficiencia de alimentos sanos a precios accesibles y razonables. A tal fin, sería de gran importancia la creación de un sistema provincial de control de la formación del precio de toda la oferta alimentaria en supermercados y otros centros de venta y consumo masivo.
Un punto relevante es el reconocimiento en nuestra Constitución del derecho de los trabajadores y de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras nuevas formas de Pymes y entidades asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica conforme a la ley de manera que se reconozcan las especificidades de estas organizaciones, en especial las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y a su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado debe promover y priorizar el apoyo a estas organizaciones destinadas a mejorar la economía compleja, social y alternativa.
También es fundamental, desde el punto de vista económico-social y como proyecto de provincia, ratificar en nuestra Constitución la voluntad de los mendocinos de apertura al mundo y al resto de las provincias argentinas, superando nuestra visión parroquial.
Establecer disposiciones que reseñen la articulación de las fuerzas productivas, comerciales, industriales, tecnológicas e intelectuales de nuestra provincia con otras provincias argentinas, como también del Mercosur, promoviendo la integración con América Latina e impulsando una inserción estratégica en el contexto internacional, a través de la suscripción de tratados a tales efectos, (los diversos viajes del gobernador junto a empresarios locales dan prueba de la importancia de estas prácticas).
Tratados que no sean incompatibles con la política exterior de la Nación (art. 124 C.N). La senda propuesta es que la soberanía popular no sólo se limite a lo político sino que se extienda también a lo económico, social y cultural.
(1) Sampay, Arturo Enrique (1911 - 1987), uno de los más destacados pensadores nacionales cuyo campo de estudio fue el jurídico-político. Nació en Concordia, provincia de Entre Ríos. Terminado el secundario ingresó en la facultad de Ciencias Jurídicas de La Plata, finalizando su carrera en 1932.
Fue uno de los tantos ciudadanos de extracción radical que se incorporó al peronismo. Se lo nombró Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires. En 1949 fue elegido convencional constituyente, cumpliendo una destacadísima actuación en la Asamblea, transformándose en el miembro informante de la misma, que terminará sancionando la Constitución Nacional de 1949.
Las opiniones vertidas en este espacio, no necesariamente coinciden con la línea editorial de Diario Los Andes.