En diciembre se pagó la primera parte del bono y no todos los jubilados lo recibieron, los Bancos realizaron descuentos sobre el beneficio en los casos en que había cuotas pendientes por algún crédito.
Lo que sucedió fue que como se había adelantado el pago del sueldo y el aguinaldo, muchas entidades no alcanzaron a efectuar los descuentos por los compromisos asumidos anteriormente por los jubilados o pensionados y, en cuanto ingresó más dinero en la cuenta, descontaron la cuota.
El Decreto 73/2019 por el que el Ejecutivo Nacional definió el bono establece lo siguiente: "los subsidios extraordinarios que se otorgan por el presente decreto no serán susceptibles de descuento alguno ni computables para ningún otro concepto".
Esto implica que las entidades no podían retener dinero del bono y deberán devolverlo.
En tal sentido, la Dirección de Defensa del Consumidor de la Provincia de Mendoza, solicitó a los jubilados y pensionados que realicen la denuncia correspondiente en caso de que hayan sufrido descuentos en el monto del bono especial que dispuso el Gobierno Nacional.
El tramite puede realizarse a través del 148 opción 3 (de 8 a 15) o bien en: 148@mendoza.gov.ar
No obstante, el pago de la cuota del crédito que originó el descuento quedará pendiente y se lo podrán deducir del salario.
Quiénes lo cobran
Desde el 10 de enero se cobra la segunda parte del bono para los jubilados y pensionados que cobren la mínima, es decir hasta $19.068, y se cobra hasta $5.000. El mismo se acredita con el haber mensual, sin necesidad de realizar ningún trámite extra.
El importe exacto se obtiene de restar el haber del jubilado a $19.063. Así, quienes cobran $15.000, por ejemplo, cobrarán $4.068 de bono.
“Los subsidios extraordinarios otorgados por el presente decreto, no alcanzan a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las fuerzas policiales o del Servicio Penitenciario de las provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al estado nacional”, se explica en el mismo decreto.
Así, “Jubilados”, “Pensionados”, titulares de la “Pensión Universal para el Adulto Mayor” y “Pensiones no Contributivas”, serán quienes cobren.
Tampoco resultaron beneficiados quienes tienen más de un haber (jubilación y pensión, por ejemplo) o reciben alguna otra asignación.
Cuándo se cobrará el bono
El dinero será depositado con el haber de cada jubilado y la fecha es la misma que la del calendario de pagos de Anses:
Jubilaciones y Pensiones hasta $15.991:
DNI Fecha
0 10 de enero
1 13 de enero
2 14 de enero
3 15 de enero
4 16 de enero
5 17 de enero
7 21 de enero
8 22 de enero
9 23 de enero
Jubilaciones y Pensiones superiores a $15.991:
DNI Fecha
2 y 3 27 de enero
4 y 5 28 de enero
6 y 7 29 de enero
8 y 9 30 de enero
Pensiones No Contributivas
DNI Fecha
0 y 1 3 de enero
2 y 3 6 de enero
4 y 5 7 de enero
6 y 7 8 de enero
8 y 9 9 de enero
6 20 de enero