Anses: hay tiempo hasta el 21 julio para sumarse a la Reparación Histórica

Los jubilados y pensionados que pueden adherir tienen ese plazo para firmar y completar el trámite

Anses: hay tiempo hasta el 21 julio para sumarse a la Reparación Histórica
Anses: hay tiempo hasta el 21 julio para sumarse a la Reparación Histórica

Aquellas personas que no suscribieron el acuerdo de Reparación Histórica o para seguir cobrando, en caso de que ya estén recibiendo su aumento en forma anticipada, tienen que completar el trámite firmando el acuerdo antes del 21 de julio. Además, se debe tener en cuenta que, para firmar junto a un abogado, se puede hacer sin turno en una de las oficinas de Anses que tenga Terminal de Autoconsulta Electrónica.

El Programa de Reparacion Histórica es una propuesta de actualización de montos de jubilaciones y pensiones que se puede aceptar mediante la firma de un acuerdo. Le corresponde a los jubilados y pensionados que hayan o no hayan iniciado juicio por reajuste de haberes antes del 30 de mayo de 2016 y estén alcanzados por el programa.

Los requisitos para acceder son cobrar una jubilación y/o pensión y estar incluido en el programa. Se puede averiguar ingresando en la página de Anses en Mi ANSES/Reparación Histórica con Clave de la Seguridad Social. Se debe contar con un abogado patrocinante. En el caso de no haber iniciado juicio, el trámite es gratuito, ya que Anses se hará cargo de los honorarios profesionales.

También se debe tener registrada la huella dactilar del titular y del abogado. Si el titular está imposibilitado de trasladarse, fue declarado incapaz judicialmente o la huella es ilegible, podrá solicitar la exención de la huella. Si reside en el exterior, tampoco es necesario.

El monto varía según el caso y se puede consultar en Mi ANSES/Reparación Histórica. A las personas que tengan juicio iniciado se les pagará el 50% del retroactivo y el otro 50% en cuotas trimestrales (iguales, consecutivas y actualizadas por el índice de movilidad) durante 3 años. A quienes no tengan juicio iniciado, un retroactivo desde el momento de suscripción del acuerdo, en caso de corresponder.

El trámite se inicia por Internet y luego, para la suscripción del acuerdo, el titular o su apoderado deberá presentarse con su abogado en una oficina de Anses con turno. También podrán hacerlo sin turno en una Terminal de Autoconsulta Electrónica.

Cuando el titular no pueda presentarse, el abogado deberá retirar el acuerdo impreso y hacérselo llegar para que lo firme. Si está imposibilitado de moverse, donde se encuentre en presencia de un escribano. Si no está en el país, podrá suscribir el acuerdo certificando su firma vía Consulado. Luego el abogado lo deberá presentar en la oficina de Anses de donde lo retiró y firmarlo frente a un funcionario del organismo.

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