La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) prohibió la comercialización en todo el país un aceite de oliva y una pulpa de tomate, según se publicó hoy en el Boletín Oficial .
En la disposición 1595/2020 la entidad comunicó la prohibición del producto "Aceite de Oliva Extra Virgen, marca Oleum Flumen, procedencia Mendoza", ya que carecía de registros de producto (RNPA) y establecimiento (RNE), "por estar falsamente rotulado resultando ser en consecuencia ilegal".
Por ello, se indicó, que "por tratarse de un producto que no podía ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", no podría ser elaborado en ningún punto del país, ni tampoco comercializado.
Por otra parte, la Anmat también estableció bajo la disposición 1597/ 2020 la ampliación de la prohibición de la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto: "Alimento con 50% de pulpa de tomate", libre de gluten, marca: Mi Pupa, RNE N° 025/08-003069-3-7, RNPA N° 025/08-003069-3-7/061". Puntualmente, la medida afecta a los lotes 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 y 169, con fecha de vencimiento desde 21/08/2020 al 15/10/2020.
Así lo dispuso el ente regulador, ya que el producto se encontraba "adulterado y falsamente rotulado al presentar elementos histológicos de zapallo", por lo que resultó ser en consecuencia ilegal.