Alejandro Amaya: “El tema de las reelecciones terminará en la Corte nacional”

Para el constitucionalista el decreto promulgado por el gobernador Alfredo Cornejo no debería ser avalado por los jueces.

Alejandro Amaya: “El tema de las reelecciones terminará en la Corte nacional”
Alejandro Amaya: “El tema de las reelecciones terminará en la Corte nacional”

La Suprema Corte definirá en los próximos días la cautelar presentada por los intendentes peronistas contra el decreto del Gobernador que limitó las reelecciones.

Sin embargo, para el constitucionalista Alejandro Amaya la enmienda promulgada por Alfredo Cornejo no debería ser avalada por los jueces. Si bien el jurista aseguró ante Los Andes que es partidario de la limitación de los mandatos, sostuvo que el decreto "es inconstitucional", por lo que la Corte debería fallar teniendo en cuenta el fallo Kemelmajer y también el plebiscito del 2011, en el cual no se consiguieron los votos para reinterpretar la mayoría necesaria para una enmienda constitucional.

Además, expresó que seguramente este tema termine en la Corte nacional.

-¿Por qué considera que el decreto de Cornejo es inconstitucional?

-El fin no justifica los medios en el derecho. La Constitución mendocina es muy clara en el caso de la enmienda. La consulta popular debe ser aprobada por la mayoría de los electores, y el concepto de elector es un concepto de los empadronados. Esto surge de las leyes de interpretación auténtica, que es el Código Electoral, tanto de la provincia como el nacional. Ambos coinciden en el concepto de elector con el de empadronados. Además, apareció en el fallo de la Corte Suprema cuando interpretó -fallo Kemelmajer-; más la enmienda del 2011, cuando el Gobierno oportunamente quiso modificar este concepto de la Constitución y fue rechazado. Por eso hay ratificación judicial como popular.

-¿Qué debería ocurrir con la medida cautelar?

-Como toda medida cautelar está pensada para tratar de preservar derechos en la acción de fondo, para evitar que una decisión de la Corte tomada en un momento determinado haga efímera la protección del derecho. Seguramente la Corte resolverá la cautelar de forma independiente o resolverá directamente el fondo de la cuestión y así la cautelar se tornaría abstracta. Esto es una decisión del Tribunal. Hay alternativas: dicen que la Corte llamará a una audiencia de conciliación o que el Gobierno está pensando en abandonar el tema de la reforma constitucional para tratar que se considere como ley reglamentaria interpretativa del artículo 198. Pero también sería inconstitucional. Yo no puedo a través de las leyes reglamentarias limitar los derechos que concede la Constitución.

-¿Puede avalarse la cautelar y que luego el fallo de fondo salga en contrario?

-Por supuesto. Los tiempos se avecinan, habría que ver las alternativas. Esto ya sería una cuestión política. Pueden intentar suspender las elecciones, puede haber un fallo en ese sentido. Creo que esta cuestión no se dirime en sede provincial, terminará con alguna presentación en la Corte Suprema de Justicia.

-¿Puede que la Corte nacional revea el fallo Kemelmajer?

El fallo Kemelmajer ratifica el concepto de la Constitución cuando habla de electores (artículo 123), que se refiere a empadronados. Sí, es posible que cambie esta interpretación y se interprete que se refiere a votos válidamente activos. Los precedentes de las Cortes Supremas no son estáticos. Esto se denomina en el derecho constitucional “overruling”, cambio de precedente. Y puede que al tener una composición diferente, la Corte tenga una visión distinta.

-¿Qué cree que hará la Corte mendocina?

-No puedo aventurar lo que puede pasar, pero creo que debería fallar conforme a derecho. Claramente no puede convalidar el decreto, es abiertamente inconstitucional.

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