Agua, involución y una federación muy unitaria

Agua, involución  y una federación muy unitaria

Regantes y productores de Mendoza esperamos inquietos que el Departamento General de Irrigación y su sistema de manejo político en materia hídrica, retomen el rumbo de institucionalidad fundante en el desierto que habitamos. Pero una vez más, y después de innumerables desaciertos, asistimos a otro avasallamiento dirigido por las autoridades del Departamento General de Irrigación, ahora tratando de “centralizar” en pocas voluntades el manejo del agua de Mendoza, creando una “Federación” de Inspecciones de Cauce.

Hasta ahora el sistema instaurado para la elección de los representantes de cuenca, que conforman el Honorable Consejo de Apelaciones y que con la figura del superintendente, terminan dando forma al órgano legislativo y soberano de Irrigación, el Honorable Tribunal Administrativo no permite que los regantes tengan injerencia ni en la persona ni en las condiciones de quien teóricamente los representará, por lo tanto, desde hace mucho tiempo se venía luchando desde las bases para obtener el blindaje de una institución dentro del sistema hídrico, que permitiera una defensa de los derechos de los empadronados con derecho de riego ante la omnipotencia de la política partidaria que monopolizaba las decisiones, hasta que en 1996 se sancionó la Ley N° 6.405, que reconoce personería jurídica a las Inspecciones de Cauce, constituyendo así la principal herramienta para defender la democratización  y la participación directa de los usuarios en la administración del agua.

Inexplicablemente, el Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación dicta la Resolución N° 404/15 aprobando la constitución de una Federación de Inspecciones de Cauce, cuya Carta Constitutiva que data del año 2013, entre otras cosas, prevé que esta Federación asumirá la “representación” de las Inspecciones de Cauce en todos los problemas de carácter general y en todos aquellos temas inherentes a la mejor distribución hídrica. Asimismo esta Carta Constitutiva establece una Comisión Coordinadora de dicha Federación integrada por dos miembros titulares y suplentes por cada río. Como vemos, el único vehículo genuino de representación, la Inspección de Cauce, intenta ser desactivado por la centralización de las decisiones de toda la cuenca en un “elegido” por el gobierno centralista de Irrigación, la preocupación aumenta cuando vemos que algunos de esos “elegidos” han participado, por ejemplo, fervientemente en la Suprema Corte, cuando el jury de enjuiciamiento,  en la defensa de la gestión del destituido Frigerio o han sido parte actora en la enésima inauguración de una obra en cadena con la presidente de la Nación, demostrando no solo una tendencia absoluta a ser oficialista de turno sino también defendiendo intereses que van en contra de los regantes.

Parece que las actuales autoridades de Irrigación desconocen la relevancia que la Carta Magna Provincial le ha venido dando a la figura de representación directa en la administración del recurso hídrico. Ya los  textos constitucionales de 1894, 1900 y 1910 introdujeron y reiteraron el principio que hoy contiene el art. 187 de la vigente Constitución Provincial de 1916, en el sentido de que “Las leyes sobre irrigación que dicte la Legislatura, en ningún caso privarán a los interesados de los canales, hijuelas y desagües, de la facultad de elegir sus autoridades y administrar sus respectivas rentas”.

Este principio constitucional, la Ley General de Aguas de 1884 y la Ley N° 6.405 son fuertes cimientos que sostienen a la figura independiente de las Inspecciones de Cauce, que gozan (por sí solas) de plena capacidad jurídica para desempeñarse en ámbito público y privado representando, inmediata y directamente a los regantes y que como enseña el maestro Guillermo Cano, su existencia de hecho se remonta a tiempos anteriores a las instituciones jurídicas patrias.

Por lo tanto, esta intención de limitar a pocas cabezas las decisiones sobre el destino del agua de todos, no sólo es centralista  y autócrata, sino que al igual que otras acciones a las que nos tiene acostumbrado Irrigación, tales como la expropiación de tierras fallida, la licitación de pozos, el aumento del 500% del canon de agua subterránea, el traslado de perforaciones en zonas de restricción gestando un mercado negro del agua subterránea, seguramente en poco tiempo caerán por los vicios propios en la genética jurídica de estas aventuras truncas en la administración de lo más vital de Mendoza, el agua. La pregunta es hasta cuándo los regantes y productores deberemos soportar la ineficiencia y el perjuicio de malas administraciones políticas en el Departamento General de Irrigación.

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