Agentes y un médico de Almafuerte, imputados por la muerte de un preso

El caso investigado por el fiscal Daniel Carniello ocurrió en 2012 y está referido al fallecimiento en el hospital Central del interno Matías Marcelo Tello Sánchez, que fue presuntamente golpeado.

Agentes y un médico de Almafuerte, imputados por la muerte de un preso
Agentes y un médico de Almafuerte, imputados por la muerte de un preso

Cuatro penitenciarios y un médico del penal de Almafuerte fueron imputados por los delitos de vejaciones, incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con homicidio culposo y falsificación de instrumento público en concurso real con encubrimiento agravado, y hoy deberán comparecer ante la Unidad Fiscal Especial Nº 6, a cargo de Daniel Carniello, quien firmó acusaciones respectivas.

Este caso tuvo su inicio hace un par de años atrás, cuando se dieron a conocer unos videos que mostraban al personal penitenciario golpeando y torturando a algunos presos.

En ese tiempo Matías Marcelo Tello Sánchez fue "señalado" como el interno que hizo público aquel material y era uno de los principales testigos en la causa.

Según se desprende del caso, el 30 de octubre de 2012, cerca de las 22, en la celda de contención del Módulo V, también conocida como "esclusa" o "retén",  dentro  del Complejo Penitenciario III, Almafuerte, Tello fue golpeado, sufriendo hematoma en el ojo derecho y eritema en región frontal.

Esas lesiones habrían sido producto de golpes dados por los agentes Nicolás Castellanos y Ricardo Borelli, conocidos dentro del penal por los seudónimos de "Capota" y "Murdock", respectivamente.

Vejaciones
El fiscal señala que ambos funcionarios habrían cometido el delito de vejaciones, previsto y sancionado por los artículo 144 bis, Inc. 3, del Código Penal.

Días después, el médico Alejandro Esteban Sánchez atendió al interno, constatando que presentaba un cuadro de "cefaleas y náuseas”, atribuibles al hecho de que Tello habría estado fumando marihuana.

El preso fue nuevamente revisado por el médico José Pablo Ristagno, quien certificó que estaba "lúcido, con signos vitales normales”. Pero luego el interno -que se encontraba en la celda 548- se descompuso, por lo que fue llevado hasta la División Sanidad y el mismo profesional señaló que presentaba “como lesiones visibles un hematoma en ojo derecho y eritema en región frontal".

El médico Dalla Torre lo atendió y ordenó su inmediato traslado al hospital Central, donde quedó internado en terapia intensiva y con asistencia respiratoria, al presentar trastorno de conciencia, síndrome convulsivo, probable episodio de excitación psicomotriz y traumatismo encefalocraneano.

La muerte
El fiscal Carniello indica que "los equivocados diagnósticos y tratamiento prescripto ante el grave cuadro que padecía la víctima y la inexplicable demora en la derivación del paciente a un hospital que contara con un servicio de mayor complejidad, como lo es una terapia intensiva, habrían agravado el estado general de su salud, que finalmente terminó con la muerte del interno el 4 de noviembre de 2012.

Para Carniello se trataría de un caso de "mala praxis", reprimida por el artículo 84 del Código Penal.

La falsificación
La investigación promovida por la querella particular, a cargo de los abogados Carlos Varela Alvarez y Lucas Lecour, también hace hincapié en el hecho de que "a modo de favorecimiento" y con el propósito de "ayudar" a los autores de las vejaciones examinadas, habrían hecho un documento material e ideológicamente falso.

Este accionar le fue imputado al agente Ceferino Rojas y al oficial Marcelo Quiroga, quienes en su calidad de funcionarios públicos y cumpliendo tareas dentro del penal en la División Seguridad Interna, labraron un acta en la que falsamente consignaron supuestas manifestaciones del interno, víctima de las vejaciones analizadas.

Sobre las lesiones que Tello presentaba en el rostro, habrían indicado que se las había provocado "una caída", agregando que "no tenía problemas con el personal penitenciario".

Y finalmente habrían estampado al pie del acta una huella dactilar, que podría haber sido la propia de Tello, pero falsificando a modo de imitación la firma que usaba el interno en sus actos.

Hoy los acusados estarán frente al fiscal Daniel Carniello.

La calificación fiscal y el pedido de la querella

Artículo 144 bis, señala que "Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo: 1) El funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal; 2) El funcionario que desempeñando un acto de servicio cometiera cualquier vejación contra las personas o les aplicare apremios ilegales: 3) El funcionario público que impusiere a los presos que guarde, severidades, vejaciones, o apremios ilegales”.

El pedido de la querella
Artículo 114, que dice: "1) Será reprimido con reclusión o prisión de ocho a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua el funcionario público que impusiere a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, cualquier clase de tortura. Es indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario, bastando que éste tenga sobre aquélla poder de hecho".

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