AFIP reglamentó el plan de facilidades de pago permanente que regirá desde mayo

Para regularizar deudas impositivas de los recursos de la seguridad social o aduaneras las cuotas van desde tres hasta 24.

AFIP reglamentó el plan de facilidades de pago permanente que regirá desde mayo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el plan de facilidades de pago permanente para regularizar deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, que comenzará a regir desde el 2 de mayo.

A través de la Resolución General 870, publicada hoy en el Boletín Oficial, la AFIP dispuso planes de cuotas e intereses a aplicar por la regularización en función de los ingresos del contribuyente y del tipo de deuda que se tenga.

Las cuotas van desde tres hasta 24, mientras que la tasa estará vinculada con la de los plazos fijos a 180 días que aplique el Banco Nación más entre dos y ocho por ciento, según el monto y el tipo de deuda.

La AFIP estipuló el límite de ingresos en 91 millones de pesos anuales para establecer dos categorías y, a partir de ahí, las cuotas y el financiamiento que se otorgará para cada tipo de deuda.

La resolución indica que para la determinación del monto de ingresos anuales de cada contribuyente “se considerarán las ventas, locaciones y prestaciones de servicios consignadas en las declaraciones juradas mensuales del impuesto al valor agregado, correspondientes a los 12 últimos períodos fiscales vencidos contados desde el mes inmediato anterior al de adhesión al presente plan de facilidades“.

Además, se indicó que las cuotas deberán ser iguales y consecutivas y no deberán ser menores a los mil pesos, salvo para las “obligaciones incluidas en planes de aportes previsionales de los trabajadores autónomos” y monotributistas, las que no podrán ser inferiores a los 500 pesos.

Los contribuyentes que tengan ingresos anuales hasta 50 millones de pesos podrán registrar "hasta cuatro planes concurrentes" siempre que no tengan "planes caducos".

Los contribuyentes que tengan deudas por obligaciones impositivas y recursos de la seguridad social tendrán planes de seis cuotas, con una financiación del 2,5 por ciento si tienen ingresos anuales hasta 91 millones y del 2,79 por ciento si superan ese monto.

Para las deudas por aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia habrá tres cuotas, con financiación del 2,5 por ciento y del 2,79 por ciento, respectivamente si tienen ingresos inferiores o superiores a 91 millones de pesos.

En el caso de las deuda vencidas también habrá tres cuotas y la financiación será de 2,65 o de 2,93 por ciento, si se ubican por abajo o por arriba de los 91 millones de pesos.

Respecto de los autónomos y monotributistas, los planes tendrán hasta 20 cuotas con financiamiento de 2,5 o 2,79 por ciento, según la categoría de ingresos anuales fijada por la AFIP.

Las deudas aduaneras tendrán 18 cuotas y tasa de 2,03 y 2,26, respectivamente, mientras que las deudas por ajuste por inspección y las de gestión judicial tendrán el mismo financiamiento.

Las de ajuste por inspección tendrán planes de 12 a 24 cuotas, mientras que las de deuda por gestión judicial de seis a 12.

En lo que se refiere a deudas de contribuyentes en regímenes especiales, las cuotas irán entre las 12 y las 20 y el financiamiento será del 2,5 y del 2,79 por ciento, respectivamente.

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