En el marco de un convenio que firmaron este viernes el Ministerio de Salud de Mendoza y la Suprema Corte de Justicia para lograr un proceso de adopción "respetuoso, rápido y objetivo", surgió un dato a tener en cuenta: hay 79 niños en condiciones de adoptabilidad que esperan una nueva familia. El dato fue anunciado por el Registro Único de Adopción.
"Hay 79 niños en condiciones de adoptabilidad, la mayoría tiene más de 10 años y se encuentran en algunos casos en diferentes situaciones de discapacidad como psicosocial, mental, física. Estamos trabajando en la digitalización de los legajos del Registro, ya que hay un sistema nacional que evitaría la demora que se presenta al no encontrar familias que quieran adoptar en estos casos", sostuvo Verónica Gutiérrez, del Registro Único.
En ese sentido, la ministra de Salud y Desarrollo Social, Elisabeth Crescitelli, y el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Nanaclares, firmaron un convenio para asignar incumbencias institucionales que permitan un proceso de adopción respetuoso, rápido y objetivo.
El objetivo de un nuevo protocolo será hacer efectivo el derecho de todo niño, niña y adolescente (NNA) a vivir en familia sin distinción alguna. Su inclusión en una nueva familia deberá realizarse en el marco de un proceso plenamente respetuoso de su identidad (estática y dinámica); vivencias; etapas evolutivas y vínculos, sean familiares o de referentes significativos que hayan sido positivos y que tuvieron participación en su trayectoria de vida.
La ministra Crescitelli aseguró al respecto: "Lo que más necesitamos es que los niños sean recibidos por las familias con el amor que el Estado jamás podrá reemplazar y por eso hacemos este llamado tanto a las familias que con todo el amor pueden hacerse cargo de esos niños, como al Poder Judicial que debe resolver en última instancia en un tema tan sensible como es la adopción".
Cabe destacar que estenuevo protocolo ha sido elaborado contemplando lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre las Personas con Discapacidad, el Código Civil y Comercial de la Nación, entre otros marcos jurídicos.
En tanto, Julio Gómez, miembro de la Suprema Corte, hizo hincapié en los procedimientos y documentos que se tienen que presentar al juez en caso de querer adoptar.
"El protocolo establece cuáles son los procedimientos y los documentos que se tienen que presentar al juez para que éste tome las decisiones con rapidez y objetividad. La idea es allanar cualquier dificultad que exista en el trámite de adopción en cuanto a los recaudos que debe cumplimentar el Poder Ejecutivo, como también en lo que deben procesar los magistrados judiciales y el Registro único de Adopción", confió el magistrado.
El documento detalla lo que deberá consignar el informe que realice el equipo técnico de DINAF, por el cual se solicite al tribunal la Declaración de la Situación de Adoptabilidad. También enumera todas las circunstancias que acreditan que se han agotado las instancias de trabajo con la familia de origen para que exista sentencia de declaración de situación de adoptabilidad firme.
Sólo por excepción podrá solicitarse al juzgado interviniente la vinculación con aspirantes a guarda sin sentencia firme. Esto podrá hacerse en aquellos casos en los que la dilación de la adopción de una decisión judicial pudiera menoscabar el interés superior del NNA.
También se prevé en el escrito las instancias activas de articulación, comunicación y de reunión con los equipos de DINAF y Registro Único de Adopcióna los fines de actualizar la situación de los NNA, previo a la selección de postulantes por parte del Juez y al inicio de la vinculación.