Aunque no declara una despenalización del aborto, el borrador de reforma del Código Penal, cuya redacción encargó el Gobierno nacional a un grupo de juristas, sí suaviza la ley en determinados casos y la adapta al fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sobre aborto no punible.
En diálogo con Los Andes, el presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal, el camarista federal en lo Penal Mariano Borinsky, anticipó los cambios relacionados con el aborto, que serán presentados el 21 de agosto al presidente Mauricio Macri junto con el resto de las modificaciones.
La propuesta de la comisión redactora, integrada por diez juristas y dos representantes del Gobierno, no es vinculante, porque es el Congreso el que deberá aprobar una ley para reformar el Código Penal. Además, llegará a las manos de Macri después de que los senadores hayan decidido la suerte del aborto legal: sesionarán el 8 de agosto.
De todas maneras, el pronunciamiento de estos juristas sí es un indicador que el Congreso tomará en cuenta: no proponen la despenalización ni mucho menos legalización del aborto, como lo establece la media sanción de Diputados, pero consideran necesario actualizar el Código Penal contra la postura de los militantes antiabortistas, que trabajan para que la ley quede como está.
Los juristas convocados por el Gobierno están encargados de redactar un anteproyecto reforma del Código Penal, por eso no pueden proponer la legalización del aborto, que atañe a otras leyes.
Además se trata de un grupo de especialistas que ofrece un cambio legal sobre un asunto delicado, que divide a la política y a la sociedad. Este diario pudo saber que entre los integrantes hubo importantes discrepancias sobre qué propuesta ofrecer en los artículos relacionados con el aborto del Código Penal. Pero al final, la propuesta de la comisión, a la que tuvo acceso Los Andes, fue convalidada por unanimidad.
En palabras de Borinsky, el anteproyecto de reforma del Código Penal "busca lograr un equilibrio que tutele todos los derechos constitucionales en juego: el derecho a la vida y el derecho a la libre disponibilidad del cuerpo de la mujer".
El borrador mantiene las dos causales actuales de aborto no punible previstas en el Código Penal y recepta así la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación: establece que "el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer embarazada no será punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud física o mental de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios, o si el embarazo proviene de un abuso sexual".
Una novedad importante es que agregan "salud mental" a la salud física, además de que declaran que el aborto no es punible en casos de violación, como lo indicó la Corte en su sentencia de 2012 conocida como fallo FAL.
La causal de aborto no punible de la ley actual es "si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente".
Decisión del juez
Además, el anteproyecto agrega un párrafo importante al artículo 88 del Código Penal, que establece: "Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible".
Además de bajar la pena, de uno a tres años, a ese artículo los juristas proponen agregan otro párrafo, que establece que "el juez podrá decidir si corresponde eximir a la mujer de pena o disponer que la pena de prisión se deje en suspenso, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad".
Ante la consulta de Los Andes Borinsky negó que esto suponga una virtual despenalización, pero sí supone un ablandamiento con respecto a la redacción actual del Código Penal ante casos de interrupción voluntaria del embarazo.
También, la propuesta que los juristas le llevarán a Macri prevé una pena de hasta dos años de prisión el delito de "aborto imprudente" causado por un tercero —conducta que actualmente no es delito—, y se protege a la mujer ya que se establece que no será penalmente responsable en estos casos.
La comisión también propone sancionar la violencia obstetricia practicada en contra de la mujer con pena alternativa de hasta dos años de prisión o multa y, en ambos casos, inhabilitación hasta dos años.
"Al tanto"
En una entrevista, Borinsky señaló que "el Presidente está muy al tanto de los avances de la comisión" de reforma del Código Penal y que también "el Ministerio de Justicia está anoticiado".
"El 21 de agosto nos reuniremos habiendo comunicado antes todos los contenidos. Entiendo que el Presidente aprueba esto, y enviará el proyecto de inmediato al Congreso de la Nación. Una vez ahí ya depende de los tiempos de la política, pero me daría por satisfecho si al menos una de las dos cámaras lo aprobase este año", aseveró el camarista penal.
Además de Borinsky, como presidente, la Comisión de Reforma del Código Penal está integrada por el juez del Tribunal Oral en lo Criminal N°6, Guillermo Yacobucci; el director nacional de Política Criminal, Carlos González Guerra; el fiscal Pablo Turano; el juez de la Cámara Federal de Casación Penal Carlos Mahiques; el procurador general de Salta, Pablo López Viñals; la jueza de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal N°26 de la Capital Patricia Llerena; el juez de Cámara Criminal y Correccional de Córdoba Víctor Vélez, y la secretaria letrada de la Corte Suprema de la Nación, Patricia Ziffer.
También integran la comisión el subsecretario de Articulación con los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos del Ministerio de Seguridad de la Nación, Guillermo Soares Gache; y la asesora general tutelar del Ministerio Público Tutelar de CABA, Yael Bendel, y el profesor de la UBA, Fernando Córdoba.