A partir del lunes 20, el Gobierno autorizó nuevas excepciones a las actividades económicas que estaban restringidas desde el pasado 20 de marzo cuando se decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio para contener el coronavirus. El decreto que permite estas flexibilizaciones fue firmado por el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y se publicó este sábado en la tarde.
El Gobierno también dio permiso a las 23 provincias -entre las que se incluye a Mendoza-, a los municipios de cada una de ellas y a la Ciudad de Buenos Aires para que abran las oficinas de rentas; también se autorizó la actividad de los registros civiles nacional y provincial; además de los servicios de cobranza de impuestos que permanecían cerrados.
Además, tras las rondas de consultas con la Cámara de Comercio, la UIA y sindicatos autorizó la venta online y telefónica, con delivery, a otros rubros, como pinturerías, casas electrónicas, jugueterías, ropa, marroquinerías y calzados. En ningún caso, establece el decreto, que los negocios podrán abrir al público.
Entre las nuevas excepciones para los días que restan de aislamiento, el Ejecutivo autorizó consultas médicas y odontológicas siempre y cuando estén programadas. También la apertura de las ópticas, que deberán trabajar con turnos y cupos limitados.
Por otra parte, se autorizó a que vuelvan a trabajar peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras con el fin de que se puedan realizar los pagos a los beneficiarios, aunque la atención al público también está suspendida para este rubro.
Con respecto a las actividades industriales vinculadas a la exportación que quieran volver a producir deberán ser autorizadas por el ministerio de Desarrollo Productivo que conduce Matías Kulfas, al igual que otros que son vitales para las economías regionales.
En lo que respecta a los gobernadores, los mismos deberán decidir si se adhieren a las nuevas excepciones. En la Provincia de Buenos Aires y en otros distritos, la última palabra la tendrán los intendentes.
Nuevas actividades exceptuadas en la cuarentena
1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
7. Ópticas, con sistema de turno previo.
8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
10. Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
11. Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.