El presidente del Club Empleados de Comercio, Guillermo Pereyra, disparó munición gruesa contra el arbitraje de Mauricio Sosa, quien, al igual que ante Palmira, amargó al Mercantil con un fallo polémico sobre la hora.
“No queremos seguir jugando en un ambiente corrupto. Cuando termine el torneo veremos que el CEC se baje del fútbol. Apostaremos a otros deportes y al fútbol amateur”, tiró Pereyra en declaraciones a radio La Red,
“Con árbitros como Sosa, van a seguir matando al fútbol de Mendoza. La Liga está preocupada con los clubes grandes y no por los que apostamos por las inferiores”, continuó el dirigente. Sosa se retiró de la cancha custodiado por la Policía. (Declaración publicada en Más Deportes - Domingo 7 - páginas 10 y 11).
En relación a las designaciones de los árbitros
CAPÍTULO V - ÁRBITROS
31 NOMINACIONES - Los partidos correspondientes al Torneo Federal 2.014 "B" serán controlados por árbitros oficiales inscriptos en Ligas afiliadas, siendo efectuadas las nominaciones por el Consejo Federal y/o el Colegio de Árbitros de la A.F.A.; el método de designación de los árbitros será el que adopte el Consejo Federal o la Asociación del Fútbol Argentino.
32 NOMBRAMIENTOS - Las Ligas sobre las cuales recaigan las designaciones de árbitros deberán extender a los mismos, en forma individual, para ser presentada ante el Representante del Consejo Federal en cada partido, un nombramiento (según modelo que se adjunta) en el que se consignará:
a) Apellidos y nombres completos y números de documentos.
b) Función que desempeña (árbitro o árbitro asistente).
c) Importe a reconocer en concepto de reintegro de gastos de traslado (ida y vuelta), exclusivamente por vía terrestre (tren, micro o colectivo), salvo expresa autorización del Consejo Federal en lo que hace a los traslados vía aérea.
d) Importe a reconocer en concepto de Aranceles, de conformidad con los fijados por el Consejo Federal.
e) Importe a reconocer en concepto de Viáticos diarios para atender gastos de comidas (desayuno, almuerzo, merienda y cena). El Consejo Federal dará a conocer una escala de la cantidad de días de viáticos a reconocer en relación con las distancias a recorrer por los árbitros pero, por ningún motivo, salvo expresa autorización del Consejo Federal, se podrá consignar más de uno y medio días(1) de viáticos por persona.