Mantener limpias las calles, cuidar el medio ambiente y al mismo tiempo evitar accidentes es lo que buscan en parte lograr con la prohibición de que se tire escombros, arena, tierra y basura entre otras cosas en la vía pública en el departamento de San Rafael. Estos materiales y otros similares deberán ser colocados en contenedores o los propietarios del lugar serán sancionados con multas que van desde los 1.000 hasta 6.500 pesos.
Así, durante la última sesión del Concejo Deliberante de San Rafael, los ediles aprobaron la ordenanza 12270 que establece que queda prohibido "arrojar escombros, arena, tierra, basura y otros materiales contundentes en la vía pública, acequias y veredas de todo el departamento de San Rafael". Además, establece que este tipo de elementos deberán "depositarse temporalmente en contenedores, previo cumplimiento de todos aquellos procedimientos que a tal efecto se hallan debidamente reglamentados".
Si bien hasta ahora estaba reglamentado el apilar tierra o montañas de áridos en las calles y los inspectores hacían su tarea de apercibimiento, ahora se determinó el procedimiento de constatación de la presencia de material, la confección de las actas, el procedimiento a seguir por el infractor como también las multas a pagar cuando corresponda.
Rentas municipal será la autoridad de aplicación, por lo que establecerá las multas y sanciones, resolverá descargos, apelaciones y la ejecución de las mismas.
Para muchos vecinos se trata de una medida correcta, mientras que para otros podría tener una arista recaudatoria tanto para las firmas propietarias de los recipientes autorizados como para la comuna.
"Como vecino me parece que es importante que se busque generar mayor seguridad, a veces dejan las montañas de arena para construir sin un tachito con fuego, y cualquiera que pasa de noche se lo puede atropellar", señaló Julio (56), un comerciante de la zona céntrica. Aunque coincidió con él, para Víctor, del barrio Unimev, "deberían permitir cierta cantidad, tomar precauciones para que no hayan accidentes, porque pareciera que se busca beneficiar a las empresas que alquilan los contenedores".
La ordenanza especifica que un agente del área de coordinación de Escombros Municipal, será quien realice la constatación de la infracción y confeccione el acta donde constará aproximadamente la cantidad de material que se encuentra en la vía pública. Este documento se confeccionará por triplicado, y se entregará a la persona en infracción, o en caso de no estar en la vivienda se entregará por debajo de la puerta. Quienes reciban el acta de infracción contarán con 10 días corridos para realizar el descargo, con el cual pueden presentar pruebas en su defensa. Luego, Recaudación deberá en un plazo de 10 días hábiles pronunciarse, pudiendo rechazar aquellas que no aparezcan como idóneas o pertinentes. Como último recurso en el ámbito municipal, el infractor podrá apelar la resolución.
Las multas por arrojar todo tipo de escombros y basura en la vía pública tendrá una multa de 1.000 pesos. En caso de reincidir las sanciones ascenderán a 1.700 pesos en la primera repetición.