La justicia homologó un pedido de la Unidad de Investigaciones Complejas Oeste, a cargo del Fiscal de Cámara Martín Lapadú, y condenó a un chofer de Uber por "uso indebido del espacio público" y por "ejercer ilegítimamente una actividad que infringe el Código Contravencional", imponiéndole penas de "prisión e inhabilitación para conducir", informó hoy el Ministerio Público Fiscal (MPF), en la primera condena contra un chofer de la empresa.
"La condena consta de una sanción principal de dos días de arresto y una accesoria de inhabilitación (en suspenso) para conducir cualquier tipo de rodado por el término de dos meses, por considerarlo autor responsable de las contravenciones previstas en los artículos 83 y 74 del Código Contravencional", indicó la condena, homologada por la titular del porteño Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas número 16, Claudia Alvaro.
Asimismo, Lapadú dispuso que el chofer, cuyas iniciales son G.E.D.M., "no debe usar la aplicación Uber bajo ninguna circunstancia, debe fijar residencia y comunicar cualquier cambio de domicilio y cumplir con las citaciones o requerimientos que la Fiscalía o el Juzgado hiciere".
"Con esta primera condena que sanciona a penas de arresto e inhabilitación para conducir, queda afirmada en una sentencia condenatoria la ilicitud de las conductas de los choferes de Uber", afirmó el fiscal.
La Fiscalía comenzó a investigar al chofer al recibir un acta de comprobación hecha por el Gobierno de la Ciudad durante los controles de tránsito que se realizan en la vía pública.
"Al imputado le fue labrada un acta por transporte ilegal ofreciendo el servicio de socio conductor de Uber"
"Al imputado le fue labrada un acta por transporte ilegal, que se realizó al haberse constatado que conducía un vehículo particular, el 22 de diciembre de 2016, ofreciendo el servicio de socio conductor de Uber", indicó el MPF.
"En el juicio abreviado se comprobó además que había recibido pagos por la suma de 4.361 pesos de Uber a través de la firma Payment SRL por prestar servicios de socio conductor a la empresa", agregó.
El Ministerio Público Fiscal señaló también que "Lapadú estableció a través de un informe de la Dirección Nacional de Licencias del Gobierno de la Ciudad, que al chofer se le otorgó en julio del 2015 una licencia para conducir categoría B1, la que autoriza a conducir automóviles, camiones y utilitarios hasta 3.500 kilogramos de peso, pero no habilita al transporte de pasajeros para lo cual se requiere contar con licencia categoría D".
El juicio abreviado es una modalidad que permite el Código de Procedimiento con el objeto de evitar el juicio y resolver la situación procesal del imputado en forma expeditiva.
"En la medida que las causas de los choferes de Uber estén en la etapa de investigación, cuando éstos sean citados, o se acerquen a la fiscalía de forma espontánea, podrán solicitar esta misma modalidad de juicio abreviado, la cual será evaluada según el caso", señaló el fiscal.
Para Lapadú, el antecedente condenatorio queda registrado por dos años y el imputado no podrá volver a tener otra pena en suspenso durante ese periodo.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad resolvió que se dé lugar a la solicitud del fiscal Martín Lapadú, quien lleva adelante la investigación contra la firma Uber Argentina, por lo que "la Fiscalía de la Ciudad logró que se bloqueen a nivel nacional las plataformas digitales a través de las cuales se accede a los servicios de esa firma", afirmaron desde el MPF.