Por burocracia, esperó 4 meses para que su bebé tuviese el apellido del padre

El Estado lo anotó "de oficio" con el apellido de la madre, aunque ellos están casados y tienen otros dos hijos. Finalmente esta semana el Registro Civil le dio el DNI correcto.

A pesar de la mejora en el trámite de inscripción de los menores, hasta Los Andes llegó la semana pasada el caso de un bebé de 4 meses que hasta el momento -por burocracia- no había recibido su DNI en forma correcta. Recién el pasado martes sus papás -que están casados y tienen otros dos hijos- pudieron tramitar su documento con su apellido paterno, el que le llegará en aproximadamente 10 días.

El problema se originó porque, por razones externas, sus padres no pudieron anotarlo antes de los 40 días de nacido en el CDR de Nacimientos en calle Güemes, de Capital.

“El gordo nació el 23 de noviembre y estuvo hasta el 13 de diciembre en neonatología de la Clínica Santa María. El 16 de diciembre fue mi marido a sacar el turno, pero no se lo dieron porque estaban de capacitación”, comenzó a relatar Vanesa Guajardo, su mamá. El 20 de diciembre volvió y le dieron el turno para el 5 de enero: “Él preguntó si no iba a tener inconvenientes porque se le pasaban los 40 días y le dijeron que no”.

Cuando la madre fue el 5 de enero a realizar la inscripción le dijeron que ya habían anotado al nene con el apellido de ella. “La chica me dijo que aligeró los trámites y cuando vi la partida le dije que no figuraba el apellido de mi marido. Recién ahí me pregunta si soy casada y me dice que se trató de un error humano”, recordó la mamá.

Como alternativa le dijeron que podía colocarle el apellido del padre detrás del de ella. “Pero yo le expliqué que no se podía porque tengo otros dos hijos que tienen el apellido de él”, contó. Ante esta respuesta le hicieron una nueva partida y le pidieron que se dirigiera en 10 días a Casa de Gobierno a completar el trámite.

“Voy a Casa de Gobierno y dicen que no ha llegado ningún papel. Volví a calle Güemes para pedirles los papeles. Volví a casa de Gobierno y así unas 10 veces y no me solucionaron nada”, sintetizó.

Paralelamente intentó afiliar al pequeño a la obra social a nombre de su marido, luego de que se le terminara la cobertura inicial del primer mes.

“Fui con la partida, pero me dijeron que necesitaban el CUIL, que fuera a pedirlo a la Anses”, señaló Vanesa. Pero en la Anses le dijeron que necesitaban el DNI, ya que el niño no les figuraba con ninguno de los dos apellidos.

Por esta razón tuvo que comenzar a pagar de su bolsillo la leche maternizada que requiere su bebé, cuando la obra social la cubre totalmente. “Sale $ 370 cada tarrito y le dura tres días”, detalló. Además, tuvo que recurrir a una salita de un barrio de Godoy Cruz para realizarle los controles habituales, donde lo recibieron como NN por no tener su documento.

Recién el martes comenzó a tener un principio de solución, cuando la atendieron en el Registro Civil en Casa de Gobierno.

Allí explicaron que el 17 de enero se envió al domicilio de la familia el documento del bebé con el apellido materno y que así figura en un comprobante, aunque Vanesa asegura no haberlo recibido.

Con respecto a las denuncias de este tipo, aseguraron que es la primera vez que les sucede. “Denuncias por no poder documentarse no hemos tenido nunca. Este caso es el primero”, señalaron.

Además, explicaron que en estos casos se pide a las personas que presenten una denuncia por escrito dirigida al director del Registro Civil, ya que a partir de la misma se puede actuar para sancionar al personal que corresponda.

Pasos a paso

1. Cuando el niño nace, el médico realiza el certificado médico de nacimiento.

2. El hospital tiene la obligación de entregar el certificado al Registro Civil dentro de los 2 días hábiles desde el nacimiento.

3. Los padres deberán presentarse en el Registro Civil dentro de los 40 días a inscribir a su hijo, para lo cual se requiere que previamente pidan un turno.

4. Si no se presentan en ese plazo, el Registro lo inscribirá de oficio, con los datos del certificado médico: el apellido de la mamá y el nombre que ésta expresó en la sala de partos.

5. Una vez que el niño fue inscripto de oficio, el padre puede reconocerlo o bien, la madre o el padre pueden presentar la partida de matrimonio. De este modo el niño podrá llevar el apellido elegido de común acuerdo. El nombre, sin embargo, sólo podrá ser modificado por vía judicial.

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