La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU) aprobó ayer con 136 votos positivos, 41 abstenciones y 6 en contra, la resolución que limita el accionar de los fondos buitre a través de una serie de nueve principios que dan marco a un sistema legal global para los procesos de reestructuraciones de deuda soberana.
Estados Unidos, Israel, Canadá, Japón, Alemania y Gran Bretaña fueron los países que se opusieron a la resolución sobre los "Principios básicos de los procesos de reestructuración de deuda soberana”.
La resolución fue tomada por mayoría simple de votos, tras una discusión que se extendió por espacio de seis meses y que fue impulsada inicialmente por Argentina y el G77 más China.
Tras la votación, el ministro de Economía, Axel Kicillof, remarcó que “es un paso fundamental contra los ataques de los fondos buitres, como los que hoy sufre la Argentina y como lo pueden sufrir otros países”.
En este contexto y por cadena nacional, la presidenta Cristina Fernández calificó de “exitosa” la votación de ONU y destacó que “la Argentina no sólo ejerció su responsabilidad frente a sus compatriotas” sino también “una responsabilidad solidaria frente al resto de los pueblos y frente al orden económico global”.
Entre los puntos centrales de la iniciativa la presidenta destacó “el reconocimiento de soberanía de los Estados; la inmunidad soberana para que nadie pretenda embargar embajadas, bancos centrales o como, nos pasó a nosotros, una fragata”. También subrayó la consideración del “tratamiento equitativo para todos los acreedores, la reestructuración por mayoría, y el principio de sostenibilidad”.
Los puntos centrales
Los siguientes son algunos de los puntos que componen los "Principios" aprobados ayer: Un Estado soberano tiene derecho, en el ejercicio de su facultad discrecional, a elaborar sus políticas macroeconómicas, incluida la reestructuración de su deuda soberana; tanto el deudor como el acreedor deben actuar de buena fe.
El principio de la transparencia debe promoverse para aumentar la rendición de cuentas de los interesados, mientras que el de imparcialidad exige que todas las instituciones y agentes involucrados en las reestructuraciones de la deuda soberana sean independientes.
Por otra parte, se acordó un “trato equitativo” para los Estados así como un principio de la inmunidad soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana que va de la mano con el principio de la legitimidad que implica el respeto de las instituciones y estado de derechos así como el principio de sostenibilidad significa que las reestructuraciones de la deuda deben realizarse de manera oportuna y eficiente.