La Justicia avaló la prohibición de boliches en la Arístides

Rechazó el amparo presentado por los dueños de bares contra la ordenanza municipal. Así, ningún local nocturno puede ser bailable.

La Justicia avaló la prohibición de boliches en la Arístides
La Justicia avaló la prohibición de boliches en la Arístides

La Justicia falló a favor de la Municipalidad de Capital en el conflicto con los dueños de bares que funcionaban como boliches bailables y que fueron prohibidos por la comuna.

Se trata del recurso de amparo presentado por los propietarios de los bares en contra de la ordenanza 3.869/2014, que modificó el artículo de la norma de usos de suelos para no habilitar la actividad bailable en esa arteria de la 5a Sección.

La presentación de la acción de amparo había sido argumentada en que la prohibición afectaba gravemente derechos y garantías de la Constitución Nacional; pero la jueza Silvana Márquez Morosini entendió que “resulta indiscutible la potestad para ejercer dentro del ámbito comunal el poder de policía” y que la ordenanza cuestionada “ha sido dictada por el Cuerpo Colegiado (Honorable Concejo Deliberante) en ejercicio de sus atribuciones por el artículo 200 inc. 3 de la Constitución Provincial”.

Además, la Justicia dictaminó que la ordenanza fue dictada por razones de sanidad ambiental, seguridad, moralidad, tranquilidad, etcétera, ante los reiterados reclamos de los vecinos por ruidos molestos, disturbios y actos de vandalismo.

Con respecto a los ruidos, consideró que “se han convertido en un agente invisible de la contaminación medio ambiental, denominada contaminación acústica, que afecta la salud y la calidad de vida de las personas”.

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