La definición del ítem Aula en la Corte se estira hasta junio

El Ejecutivo tiene hasta el 21 para presentar sus alegatos, luego es el turno de Fiscalía de Estado y al final de la Procuración. Después deberá resolver la Sala 2 el planteo de inconstitucionalidad.

La definición del ítem Aula en la Corte se estira hasta junio

La Suprema Corte de Justicia no podrá resolver sobre  la validez o no del ítem Aula que el gobierno de Alfredo Cornejo dispuso aplicar por decreto el año pasado hasta la segunda semana de junio.

El recurso de inconstitucionalidad que presentó el SUTE en marzo del 2016  transita por la etapa de alegatos del Ejecutivo, que tiene plazo para presentarlos hasta el 21 de febrero. Luego deberá alegar la Fiscalía de Estado antes del 9 de marzo.

Y a continuación la Procuración hasta el 17 de marzo. A partir de allí la Sala 2 de la Corte (Palermo, Valerio, Adaro) tiene 60 días hábiles para expedirse (20 por integrante), lo que lleva la resolución del proceso a mediados de junio.

Por lo tanto la definición del ítem Aula no influirá en la marcha de la paritaria docente de este año que ayer -repitiendo libreto estricto- comenzó con la misma oferta inicial y el mismo rechazo de otras áreas.

El recurso inicial del SUTE fue presentado en marzo en simultáneo con pedidos de amparo de maestros individuales que reclamaban la suspensión de la aplicación del cuestionado ítem hasta que se resolviera la cuestión de fondo. En abril la jueza del Octavo Juzgado Civil, María Eugenia Guzmán, rechazó el amparo de una docente de apellido Illañez.

Por tanto, el ítem Aula siguió vigente hasta la actualidad, mientras la Corte encara la resolución de la cuestión de fondo: si es válido o inválido.

El recurso del SUTE ante la Corte lleva la firma de su abogado Héctor Raúl Santander y no sólo cuestiona el contenido de la norma sino también el procedimiento de su gestación en el Ejecutivo y de su aprobación legislativa.

Solicita que declare la inconstitucionalidad del decreto 228 y la ley que lo refrenda 8847 porque “incluyen de manera unilateral en la estructura salarial docente el denominado ítem Aula que dispone porcentajes diferentes de aumento salarial discriminando entre cargos y horas cátedra” al tiempo que solicita “la equiparación del aumento”.

En sus argumentos, la presentación del gremio cuestionó la falta de consulta “obligada” al Consejo General de Educación para el dictado de la norma.

Y lo que considera una “extralimitación” del gobernador Alfredo Cornejo que “se atribuye facultades que la Constitución establece para la Dirección General de Escuelas” como organismo autónomo “en materia de disposición de políticas educativas y manejo de fondos de la DGE”.

También remarca que “la Constitución prohíbe el pago de adicionales extraordinarios por el ejercicio de las funciones habituales”, argumenta que “se violaron convenios colectivos vigentes”, se lesionó “el derecho a huelga al sancionar con pérdidas de ingresos su ejercicio” y que existió “mala fe negocial”.

Considera “nula” la ley 8847 “por violación al reglamento de Diputados” con “un trámite manipulado gravemente por el presidente de la cámara (Néstor Parés) para obtener una votación favorable”.

El 23 de marzo del año pasado, en la Cámara de Diputados la votación por el ítem Aula registró un empate en 23 votos y dos abstenciones (del demócrata Marcos Nivel y el massista Guillermo Pereyra). Por lo que Parés desempató en favor de la aprobación.

El recurso del SUTE considera que Parés “ejerció irregularmente su derecho a desempatar” ya que previamente debió “reabrir el debate y realizar una nueva votación”, previa a un desempate.

Y que “los dos legisladores que se abstuvieron inicialmente (Niven y Pereyra) deberían haber optado por la aprobación o el rechazo, ya que la autorización de la cámara para su abstención sólo alcanzó a la primera votación y no hubo un nuevo pedido de abstención para la segunda”.

En tanto el Gobierno prepara un alegato con citas legales y de jurisprudencia.

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