A finales de octubre del año pasado, la jueza mendocina Eleonora Lamm y otros cuatro magistrados pertenecientes a diferentes lugares en el mundo asistieron a los tribunales internacionales de La Haya, Holanda, para juzgar a la multinacional Monsanto acusada de "ecocidio", entre otras denuncias.
Tal como estaba anunciado, ayer se conocieron los resultados de dicha audiencia en donde se determinó que la empresa estadounidense de biotecnología es responsable de "ecocidio" y aunque su decisión no tiene implicancias penales, se espera que la prueba sanitaria y jurídica producida impulse procesos penales.
Vale aclarar que es un “Tribunal de opinión” extraordinario creado por la sociedad civil con el objetivo de dar luz a las consecuencias legales jurídicas de diferentes actividades desarrolladas por la compañía Monsanto.
"No sé cuándo veremos incorporado el delito de ecocidio, que es lo máximo que se espera, pero mientras tanto todo lo que se afirma aquí que está jurídicamente y científicamente fundado puede usarse en decisiones más puntuales como lo es cada juicio en las que interviene Monsanto a nivel local", remarcó Lamm desde Holanda en diálogo con Los Andes.
Los detalles
La audiencia tuvo lugar el pasado 15 y 16 de octubre con la finalidad de permitir a los jueces reunir testimonios para que estos respondieran los diferentes preguntas que se hicieron en el Tribunal.
El dictamen jurídico presentado por el Tribunal, incluyó un análisis legal de las preguntas realizadas tanto a nivel de derecho internacional como de derecho prospectico, con el objetivo de prosperar en relación a los derechos humanos internacionales y a leyes medioambientales.
Lamm, subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Mendoza, explicó que una de las preguntas concretas de la audiencia fue respecto a la incidencia que podía tener en Argentina esta opinión consultiva. Esta pregunta fue importante porque fue del único país al que se hizo referencia específica.
"Yo respondí que la legislación argentina sobre la materia era buena y bastante avanzada en cuanto a que nosotros tenemos reconocidos todos estos derechos, incluso a nivel constitucional pero además tenemos una ley general del ambiente que reconoce no solo el principio de prevención sino también precaución. Con esos dos argumentos opino que es una base muy sólida la que tenemos", dijo.
Sin embargo, reconoció que aunque la legislación es buena no existen políticas para hacerla efectiva. "Me parece, entonces, que la opinión consultiva puede hacer efectiva la legislación", aseguró.
En segundo lugar, remarcó que la opinión puede incidir en el país porque si bien las distintas provincias y lugares han sacado sus propias regulaciones en materia de limitación de uso de glifosato hay provincias que no han dispuesto nada o no dispusieron buena regulación en la materias.
"Por ejemplo en Buenos Aires se prohíbe el uso del glifosato pero solo en lugares públicos. Entonces qué queda para los privados. Hay legislaciones que aparentan ser progresivas pero no son tales".
En tercer lugar, dijo que la opinión consultiva puede incidir en cuanto a la creación de tribunales ambientales, ya que estas cuestiones se juzgarían con competencia específica, por personas con conocimientos especializados en la materia.
"Por último la opinión consultiva puede incidir para que no se apruebe la "ley Monsanto", que prevé el patentamiento de las semillas, haciendo del modelo agroindustrial la regla y del agroecológico la excepción, lo que inclina la balanza a favor del primero por la expansión que esto implica. "Es una falacia decir que los dos modelos van a coexistir cuando a la larga sabemos que no va a ser así", sentenció.
La importancia del tribunal
Para Lamm lo importante de la opinión consultiva y del tribunal es que es producto de una iniciativa de la sociedad civil y como tal está en manos de la sociedad y depende de la sociedad moverla, movilizarla, activarla.
"La sociedad debe apropiarse de ella para generar una conciencia social. Generar una movilización para provocar el cambio que se necesita en la materia. Así, puede servir como motor para generar este cambio a nivel legal".
Para Lamm, además, esta opinión consultiva tiene dos grandes objetivos, poner en foco la problemática y generar un desarrollo en el derecho internacional de los derechos humanos que se logrará a través de esto.
"Creo que la opinión consultiva tiene recomendaciones muy interesantes que significan avances importantes en la materia. Estas aseveraciones pueden ser ampliamente utilizadas en los juicios locales de cada país, usarlo de precedente y avanzar al nivel jurisdiccional local", indicó.
Para la especialista mendocina una de las cosas en las que es clara la opinión es que en esta disyuntiva entre derechos económicos de las empresas y los derechos humanos el acento debe ponerse en estos últimos. "Si se sigue haciendo prevalecer los derechos de las corporaciones lo que se perjudica son los derechos humanos de la población en general", remarcó.
Para finalizar, dijo que "hay que comenzar a hablar de las empresas como sujetos de derecho internacional. Esto también es una evolución que tiene que plasmarse. No solo por el delito de ecocidio sino para empezar a hablar de las empresas como sujetos de derecho internacional y por ende con responsabilidad no sólo civil sino también penal".
Responsabilidades
El proceso contra la máxima productora mundial de herbicidas, impulsado por más de mil organizaciones de todo el mundo, se llevó a cabo entre el 15 y el 16 de octubre de 2016 en La Haya emulando los mecanismos de la Corte Penal Internacional que tiene sede en esa ciudad.
Durante esas jornadas, Lamm junto a su par senegalesa Dior Fall Sow (consultora de la Corte Penal Internacional), el mexicano Jorge Fernández Souza (Magistrado del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de México), el canadiense Steven Shrybman, y la belga Françoise Tulkens (ex jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos) evaluaron pruebas y testimonios de investigadores, médicos, científicos y supuestas víctimas sobre las consecuencias del uso de los productos fabricados por Monsanto.
Por su parte, la empresa afirmó que "se negó la evidencia científica existente y los antecedentes jurídicos de varios temas; y fue organizado con un resultado ya predeterminado" y añadió que "en una época en la que el público está tratando de separar los hechos de la ficción, esta opinión no-judicial emitida recientemente podría ser malinterpretada".
El Tribunal, de todas formas, consideró a la empresa responsable de "ecocidio", entendiendo esa figura como la de "causar daño severo o destruir el medioambiente para alterar de forma significativa y duradera los bienes comunes o servicios del ecosistema de los cuales ciertos grupos humanos dependen" e instó a Naciones Unidas a incorporarlo como delito penal al Estatuto de Roma que rige a la Corte Penal Internacional de La Haya.
Además, concluyó que Monsanto estuvo involucrada en prácticas que impactaron de forma negativa en los derechos a un medioambiente sano, a la alimentación, la salud y la información, tomando como base tratados y leyes internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y la Convención de los Derechos del Niño.
En referencia a la acusación de ser cómplice en crímenes de guerra por proveer "Agente Naranja" en la guerra de Vietnam, el pronunciamiento indicó que "debido al estado actual de la legislación internacional y la ausencia de evidencia específica, este Tribunal no puede dar una respuesta definitiva".
Los Tribunales de Opinión fueron creados en la década del 60 e impulsados por los filósofos Bertrand Russell y Jean-Paul Sartre y buscaron una sanción, en principio ética, a los crímenes cometidos en Vietnam que no encontraban tribunales donde ser juzgados.
Con el tiempo, la relevancia de las "opiniones" vertidas fue tan influyente que ante la existencia de graves delitos internacionales se generaron decenas de este tipo de tribunales, como fue el caso de violación de los derechos humanos en Sri Lanka o de Desaparición Forzada en Colombia.