El bien común y el interés particular

El autor sostiene que se ha intentado desacreditar los criterios utilizados por Irrigación para disponer del uso de agua subterránea. Asegura que la decisión se basa en aspectos técnicos transparentes y justos.

El bien común y el interés particular
El bien común y el interés particular

En el artículo publicado en este mismo suplemento firmado por el joven Sebastián Lafalla, se intenta desacreditar con argumentos endebles el nuevo régimen de permisos que define los criterios para disponer del uso del agua subterránea en Mendoza.

Y lo que es más grave, pretende convencer que los criterios que surgen de la norma son la consecuencia de una artimaña legal cuyo único fin sería beneficiar a los ricos y perjudicar a los pobres.

Se pretende atacar la Resolución 548/12 que reglamenta el otorgamiento de permisos para uso de agua subterránea, la cual deja atrás la discrecionalidad con la que anteriormente se otorgaron los más de 20.000 permisos de uso en la provincia.

Lo que antes era una decisión tomada en absoluta soledad por el superintendente, sin mayores límites, hoy tiene un sólido respaldo técnico, objetivo, transparente y justo.

Plantea que el nuevo régimen “...dispone otras medidas que entendemos ilegales y profundamente inconvenientes...”, entre ellas el uso eficiente del agua.

Parece, entonces, desconocer el estado de emergencia hídrica en el que nos encontramos. En esta situación, ¿puede alguien decir que es “ilegal e inconveniente” disponer medidas para que cuidemos el agua?

Lafalla en su crítica afirma que  “el criterio con el que deberá resolver lo manifiesta la resolución y se definirá en función de cuáles proyectos produzcan un mayor beneficio social y económico a la provincia”.

Aquí vemos dos cosas: en primer lugar, reconoce que el superintendente se debe ceñir a criterios que antes no existían. En segundo lugar parece que el joven no coincide en que un criterio válido para decidir sea la ponderación de aquellos proyectos que implican un “mayor beneficio económico y social para Mendoza”.

Por otra parte, explica y supone bien cuando dice que en la reglamentación  “se pide a los concursantes u oferentes una gran cantidad de datos”.

¿Es irreflexivo tener mayor información objetiva para decidir? Quizás para algunos comprovincianos era mejor el sistema sin reglamentar, del que se sabía poco y se decidía por intuición.

Sigue a ello una grotesca argumentación pretendiendo decir lo que la norma no dice. El osado joven habla de “superpoderes”, de “concentración” y de una serie de cuestionamientos que dejan traslucir una impotente y desesperada apelación al agravio para desacreditar esta norma, seguramente perfectible, pero justa.

Estos argumentos, sin dudas, intentan ocultar tras una supuesta búsqueda del bien común un interés particular, ya que el autor del mencionado artículo mantiene una disputa legal contra el Departamento General de Irrigación, pretendiendo un permiso de perforación en la zona de restricción correspondiente a la cuenca del río Tunuyán Superior.

En Argentina ya hemos sufrido el avasallamiento a las instituciones. No podemos pasar por alto que se cuestione con liviandad el ejercicio de facultades de los representantes que han sido nombrados según la Constitución.

¿Cuál es la tarea de los consejeros y del superintendente, reunidos en el Honorable Tribunal Administrativo, sino la de establecer la reglamentación para una justa distribución del agua en esta provincia? Si alguien entiende que es arbitraria existen vías institucionales y existe la Justicia.

En ese sentido, los mismos jueces de la Corte han dicho sobre la norma que “la legitimidad y razonabilidad del actual régimen es obvia, casi de sentido común; lo contrario sería reconocer la existencia de un milagroso derecho en virtud del cual el DGI estaría obligado a multiplicar y repartir una hogaza escasa, que ya está comprometida”.

Por esta razón estos “superpoderosos” consejeros no han cegado los “famosos” pozos a los que refiere Lafalla, respetando las decisiones de la Justicia que lo impiden.

Sin embargo, el mismo Tribunal que pretende Lafalla mostrar como autoritario y a favor de los poderes “concentrados”, ordenó el cegado de estos pozos que, todos sabemos, no son precisamente de pequeños productores.

Hoy en Mendoza se ha reglamentado el uso del agua subterránea teniendo en cuenta, por primera vez, que los más pequeños puedan acceder a un pozo a través de su Inspección de Cauce de forma asociada y, por ende, menos costosa.

¿O acaso creemos que ayer y hoy un pequeño productor podría hacer una perforación de $ 1.000.000? A través de la Inspección, tendrán prioridad para ello (no deberán participar de la Convocatoria) y no deberán hacer aporte pecuniario, que en el caso de las Convocatorias es igual para todos, dando por tierra el rumor tan difundido de “subasta del agua”.

Este aporte permitirá estudios hidrogeológicos para aprovechar mejor el agua. Esto significa que los fondos potenciarán  nuestra red hídrica y no podrán utilizarse para otra cosa.

Por último, no puede el superintendente decidir a quién beneficiar cuando es su gestión la que optó por reglamentar las decisiones, delimitándolas con precisión para dar cumplimiento a la ley rectora de aguas subterráneas.

Para dar por tierra la falacia de Sebastián Lafalla, dejo al lector que analice si bajo esta reglamentación (detalles en www.agua.gob.ar), el actual superintendente podría sin más determinar qué es más beneficioso para Mendoza: un barrio privado con cancha de golf o un proyecto productivo que genere trabajo y distribuya la riqueza.

La necesidad de esta reglamentación ha sido enmarcada en el Plan Agua 2020, desarrollado con la participación de 7 universidades, científicos, profesionales de Irrigación y de otras prestigiosas instituciones y los propios inspectores de cauce.

El nuevo régimen ha sido presentado y discutido en los Consejos de Cuenca (espacio donde participaron ONGs, cámaras de productores, inspectores de cauce, intendentes, legisladores de cada una de las cuencas).

Es decir, en estos ámbitos se plantea la discusión y se da participación. Incluso el joven autor del artículo ha participado y expuesto sus ideas allí.

De hecho, fue por los aportes y críticas surgidas en dichos espacios que estos “superpoderosos” han decidido corregir y adaptar la norma haciendo eco, quizás sin saberlo, del pedido que suele hacer el papa Francisco a dirigentes: “Diálogo, diálogo y más diálogo”.

Dialoguemos pues con honradez, generosidad y buena fe, que Mendoza nos necesita a todos. También a Lafalla.

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