Animales exóticos en casa: ¿Sí o no?

No es legal la tenencia, en el propio hogar, de ejemplares como tortugas o víboras. Otros, como los hurones o los guacamayos, sí están permitidos, siempre y cuando provengan de criaderos habilitados. Consejos de expertos a la hora de buscar mascotas que s

“¡Qué simpático el bichito! y si compramos uno para Pablito?”, pregunta la madre al padre mientras observa una tortuga adquirida de manera ilegal y sin permiso alguno, por personas sin escrúpulos. “¡Dale, le va a encantar!” responde el aludido mientras el “bichito” en cuestión parece percibir su incierto destino.

Y es que adquirir  animales exóticos como mascotas hogareñas implica tener en cuenta muchos aspectos, que van más allá de la simple simpatía momentánea. Los mismos van desde los permisos necesarios dados por el lugar en donde se adquieren, hasta aquellos que prohíben determinados ejemplares por estar en extinción. Incluso hay que rever a conciencia si se tiene el espacio adecuado en el hogar, para brindarle lo que necesita al animal, y cubrir todas sus necesidades.

Información, tenencia responsable y concientización son sólo tres de los aspectos fundamentales a tener en cuenta en la lista, antes de intentar cualquier compra.

Así lo explica el Inspector  Adrián Gorrindo (Jefe de Departamento de Fauna Silvestre de Mendoza, dependiente de la Dirección de Recursos Naturales Renovables)

"Hay un sólo  criadero autorizado de tortugas terrestres en Mendoza, que en la actualidad no está  vendiéndolas.        Por lo tanto ninguna tortuga  puede declarar su origen legal".

“La Dirección de Recursos Naturales Renovables, por intermedio de la Secretaría de Ambiente, tiene bajo un registro único de Fauna  (resolución 017) registrados, identificados, e inscriptos a personas que crían y reproducen en cautiverio animales. Esto es fundamental  para nosotros ya que garantiza que un el mismo salga de un criadero legal para su compra, y esté además identificado”.

- ¿Qué permiso e identificación tiene que tener en cuenta el comprador?

- Por ejemplo, si hablamos de aves, tienen que tener un anillo en su patita, y la persona a cargo del criadero inscripto debe transferirle el ave al particular que desee comprarla. Es decir, para obtener de manera legal un animal, el mismo además de venir con un anillo, tiene que venderse con un documento, que es  una guía de transferencia dada por el criadero al particular, para que este último declare la tenencia en Recursos Naturales. Esto es tanto para criaderos como para pet shops.

- ¿También hay que pedir esa transferencia e identificación aunque no se trate de un animal de la fauna silvestre autóctona?

- Igual. Por ejemplo, los lugares pueden vender un loro hablador, que no es de fauna silvestre mendocina, sino del norte argentino, pero igual el que lo adquiera debe fijarse en lo mismo: con la factura de venta, tiene que venir la transferencia (como si se tratara de un vehículo). Hablamos de animales en criaderos autorizados, nacidos en cautiverio. Hay que entender que la transferencia acredita el origen legal del animal. Eso corre tanto para la fauna silvestre autóctona de nuestra provincia, como para la fauna silvestre de provincias limítrofes de donde provenga el animal.

- ¿Y los provenientes de otros países?

- Existen animales de criaderos que son exóticos (por ejemplo ejemplares de origen africano) y  que sabemos que el único lugar de donde puede provenir es de determinados países o lejanas regiones. Por lo tanto es imposible que hayan llegado producto de un tráfico ilegal. Se trata de animales nacidos en criaderos y en cautiverio. En estos casos es diferente.

- ¿Por qué?

- No se les exige anillado ni control, ya que por ejemplo la catita australiana, el canario, o las rosellas (por nombrar sólo algunos) son todos de las líneas de los citacios, es decir de la familia de los loros provenientes de otros países. Es casi como si se tratara de una gallina o faisán, ya que nacen en cautiverio en la Provincia, y los reproducen en aquellos que están autorizados. Entonces no se les exige documentación ni transferencia para quien quiera adquirir estos animalitos.  Son de venta libre. Nosotros sólo constatamos  que tanto los pet shops, como los criaderos cumplan con reglas básicas del bienestar animal.

- ¿Hay animales prohibidos, ya sean de la fauna autóctona o del exterior?

-Sí, por diversas razones. Por ejemplo las tortugas de agua no son animales autóctonos, sino exóticos. El problema con ellas es que son especies que pueden convertirse en invasoras. Eso sucede con ciertas animales, puntualmente hoy el  jabalí, la liebre europea, o el conejo silvestre del sur de Malargüe. Se trata de animales exóticos introducidos al país. ¿Qué pasa con ellos? Sucede que son especies que cuando se sacan de su ecosistema, y se introducen en otro, generan una inestabilidad en el ecosistema al que ingresan. Por ello Mendoza tiene habilitada la cacería solo de especies exóticas invasoras.

- ¿Y la tortuga terrestre tan requerida por los niños del hogar?

- Se trata de un animal autóctono, y está prohibida su  tenencia en cautiverio. Mendoza está colmada de tortugas, las personas las sacan del campo y el Pedemonte, capturándolas y vendiéndolas por Internet, y generando un gran impacto sobre la población estable de tortugas. La venta por la red es descomunal. Hay un sólo  criadero autorizado de tortugas terrestres en Mendoza, que en la actualidad no está  vendiéndolas. Por lo tanto ninguna tortuga  puede declarar su origen legal.

"Toda la fauna que hay en Mendoza, provincias aledañas, o protegida a nivel  nacional o internacional,  tiene tenencia prohibida, salvo que la persona que la adquiere acredite el origen legal del animal, papel brindado a su vez por los lugares habilitados".

-¿Qué hacer si se tiene en casa alguna por ignorancia?

- No recomendamos que aquellos que tengan tortugas terrestres en su hogar, las liberen a su suerte en el exterior. Una vez que una especie silvestre entró en la casa, al entrar en contacto con el hogar, los animales  y personas, puede adquirir enfermedades y problemas, que de liberarse  luego,  puede contagiar hasta a la población silvestre del lugar.

- ¿Qué pasa con las víboras ?

-Hay animales considerados  como peligrosos, como por ejemplo una boa, que por más que sea exótica, es tratada como de cuidado a nivel mundial...Una pitón albina de 50 kilos puede llegar a comerse un niño. Por ello si nos enteramos de la tenencia de este tipo de animal,  lo secuestramos por una cuestión de seguridad pública.Si se trata de especímenes más pequeños, si bien pueden tenerse, nosotros desalentamos el mascotismo de este tipo de animales, ya que al no interactuar (como un perro o un gato) con las dueños, muchos se aburren y terminan por abandonarlos.Un ejemplo claro se da  muchas veces con las iguanas verdes de otras provincias que son de  venta libre, y de criaderos. Sin embargo hemos visto cómo luego las personas dejan de querer tenerlas porque se aburren, y las tiran por ahí (como a las tortugas) generando un grave problema.

- ¿Por qué?

- Porque si es una especie que se adapta puede generar un cambio en el ecosistema, y sino, muere. En el mejor de los casos lo que se debe hacer es entregarla a Recursos Naturales, algo que recomendamos para evitar mayores daños.

- ¿Cuál es la situación de los arácnidos, guacamayos y hurones tan requeridos?

- En el caso de las arañas pollito (un animal bien nuestro) que aparece por las rutas, y suelen ser de captura fácil , sucede lo mismo que con otras especies. Tienen que tener un origen legal certificado, a no ser que sean especies exóticas, sacadas de criaderos autorizados. De lo contrario es ilegal su tenencia. En cuanto a los guacamayos, en Mendoza hay habilitados tres criaderos que reproducen en cautiverio. Por su lado, los hurones, también nacen en estos lugares habilitados  y en cautiverio, por lo que está autorizada su venta.  Desde nuestro lugar, la prioridad la tenemos siempre sobre la fauna silvestre de nuestra provincia.

- ¿Qué es lo más importante para concientizarnos?

- Hay que internalizar que toda la fauna que hay en Mendoza, provincias aledañas, o protegida a nivel  nacional o internacional,  tiene tenencia prohibida, salvo que la persona que la adquiere acredite el origen legal del animal, brindado a su vez por los lugares habilitados. El mismo lo puede acreditar por la compra en un criadero autorizado.

Es fundamental concientizarnos en denunciar la tenencia de Fauna silvestre ilegal en cautiverio.

Más información

www.ambiente.mendoza.gov.ar Para consultas y denuncias buscar link en página o llamar a Recursos Naturales Renovables: 4252090

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